"Dice no tener dinero para sufragar los alimentos de su hija y sí los tiene para mantener el vehículo, un Seat León, pretendiendo además cambiarlo por un monovolumen". Éste es uno de los contundentes argumentos utilizados por el tribunal de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias para ratificar la condena contra un gijonés al que impusieron el pago de una multa de 1.440 euros y de una indemnización de 9.703,97 euros por un delito de impago de pensiones a su expareja para la manutención de la hija de ambos. La magistrada afeó la conducta del acusado y desestimó todas sus explicaciones.

Tras ser condenado por el Juzgado de lo Penal número 1, el procesado recurrió el fallo y alegó que carecía de una "capacidad económica suficiente para el abono de la pensión alimenticia de su hija", dejando claro a su juicio que no era cierto que hubiese "voluntariedad en el impago" en este caso. Pero estas explicaciones han sido desmontadas por el tribunal encargado de revisar los hechos descritos.

En la sentencia se asegura que "no se puede inferir voluntad de pago en quien, habiendo tenido ingresos -como los tuvo en el año 2015- no destinó cantidad alguna a los alimentos de su hija durante un periodo tan largo como lo es de julio de 2013 a mayo de 2016". Ello sin solicitar modificación de medidas alguna.

Además del argumento del pretendido cambio de vehículo, que según el fallo trató de sustituir el viejo por uno más nuevo, también le recuerda al procesado que mientras dejaba de abonar el dinero correspondiente para los alimentos de su hija, en cambio, sí destinaba su economía "a fiestas y comidas". Por todo ello ha sido condenado como responsable de un delito de abandono de familia por impago de pensiones.