"Las mentiras y contradicciones" en las que incurrió Abdou Ndiaye -conocido como Makelele, de origen senegalés y de 37 años recién cumplidos- han sido la base para condenarle a 18 años de cárcel como autor del asesinato de la conocida hostelera gijonesa María Sonia Meléndez Mitre, un crimen que conmocionó a la ciudad, perpatrado el 16 de julio de 2015. Además de las "mentiras y contradicciones" del acusado -que recurrirá el fallo- el tribunal de la sección octava de la Audiencia Provincial resalta en su sentencia que Makelele actuó con premeditación y trazó un plan para acabar con la vida de quien fue su pareja sentimental y jefa hasta días antes de su muerte. Incluso, apunta el fallo, que esa relación rota "frustró al acusado y le llevó a preparar y cometer" el asesinato.

La sentencia considera como hechos probados que Makelele mantuvo una relación sentimental "seria, estable y con vocación de permanencia" con la empresaria que luego le contrató como camarero para hacerle después encargado de sus locales de hostelería en la Ruta de los Vinos, el Ñamglú y el Sinatra. La relación laboral concluyó el 14 de julio después de que Sonia Mitre tomase la determinación de despedirle tras "haber sufrido varias agresiones" por parte del procesado. Ese día, sobre las 15.44 horas, Makelele acudió al domicilio de la fallecida y comenzó a "aporrear violentamente" la puerta, lo que motivó que ella escribiese a otra empleada por mensaje "si me pasa algo ya sabéis quien fue, está chiflado". El magistrado cita además como ejemplos de agresiones sufridas la expresión "a esta hija de puta la voy a matar, la voy a hacer desaparecer" que escucharon otros clientes y empleados o el testimonio de otra testigo que aseguró que "zarandeó" a la fallecida.

Ya el día de autos, reza la sentencia sobre el 16 de julio de 2015, entre las 15 y 16.30 horas, Makelele acudió hasta El Lauredal. Al domicilio donde residía la víctima, en la calle Manuel Hevia. Allí mantuvo relaciones sexuales con ella para después, "siguiendo el plan que previamente había urdido para acabar con la vida de Sonia, aprovechando su corpulencia física, de forma súbita y eliminando toda posibilidad de defensa", le provocó la muerte "por sofocación por compresión torácica con fracturas costales y por estrangulación al aplicarle la mano derecha sobre la cara antero-lateral de su cuello" mientras que con la mano izquierda "le tapaba la boca para que no gritara".

Estos hechos probados, observados primero por el jurado popular y hechos suyos ahora por el tribunal, lo están, principalmente, por las propias declaraciones del acusado donde abundan "las contradicciones y mentiras" como demostraron durante el juicio "las declaraciones múltiples de testigos, los informes forenses y periciales" así como la pieza de convicción que supuso la nota manuscrita que apareció en el lugar de los hechos, una nota cuya autoría pertenecía al acusado y que hasta contenía su ADN y el de una prostituta con la que Makelele había estado con anterioridad.

A todo lo anterior hay que sumar que el jurado constató que "hubo premeditación" en su actuación "al interesarse por el momento exacto en que la víctima iba a encontrarse sola" puesto que preguntó reiteradamente a la hija de Sonia, Mara Escobar, a qué hora cogía el autobús para irse a la ciudad en que residía por cuestiones académicas. Ítem más, "por difundir un rumor sobre unos gitanos y unas deudas contraídas por Sonia" que si bien llegó a oídos de muchas personas a todas fue por mediación del acusado. Por último, añade las contradicciones en las declaraciones de Makelele sobre dónde estuvo ese mediodía -ofreció tres versiones distintas-, sobre el cambio de vestimenta -dijo que no lo hizo pero las cámaras y testigos le vieron con ropas diferentes- o que no había mantenido relaciones sexuales con ella cuando había restos de ADN tanto en la vagina como en las bragas de la fenecida.

No obstante, la pena privativa de libertad impuesta -conviene recordar que ya lleva más de dos años en la cárcel- es inferior a los veinte años que interesaron tanto la Fiscalía como la acusación particular, representada por José Joaquín García. El delito de asesinato conlleva una pena que oscila entre los 15 y los 25 años de prisión. El magistrado, al concurrir una agravante y una atenuante genéricas ha optado por aplicar la mitad inferior de la prevista pero no el mínimo que requirió la defensa. En esto es más contundente si cabe el magistrado Bernardo Donapetry al apuntar a "la falta total de arrepentimiento por parte del acusado y sus maniobras para intentar confundir sobre la autoría de la muerte" de Mitre. Hechos estos que "no le hacen merecedor de mayor benignidad (sic)". La sentencia incluye el pago de indemnizaciones a la madre de la fallecida (60.000 euros), a la hija (120.000 euros) y al hermano (60.000 euros) -las requeridas por la Fiscalía- así como la prohibición de comunicarse ni acercarse a ellos a menos de 500 metros durante diecinueve años.

Recurrirá el fallo

Por su parte, la abogada defensora de Makelele, Ana Gloria Rodríguez, ya anunció, tras conocer el veredicto del jurado al sostener la inocencia de su representado y sembrar la duda sosteniendo que, de ser culpable, habría sido capaz de mantener relaciones íntimas con Mitre, asesinarla, limpiarla, deshacerse del móvil y caminar desde El Lauredal hasta el Centro en poco más de una hora. El caso aún no está cerrado.