El abogado de la acusación particular en el caso del parricidio de Monteana, Eladio Rico, ha cambiado este martes su calificación inicial y solicita homicidio en lugar de asesinato, como había hecho inicialmente. El acusado, que padece una esquizofrenia paranoide, confesó haber matado a su madre al sufrir un delirio que le llevó a creer que para salvar a la humanidad debía acabar con la vida de su progenitora.

Así lo ha hecho en la segunda sesión del juicio, celebrado a puerta cerrada bajo la figura del jurado popular, en la sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, después de que los médicos forenses señalaran que el procesado presentaba lesiones que demostraban la reacción defensiva de su madre, al encontrarse arañazos recientes en cara, cabeza y cuello.

De esta forma, la acusación particular pide ahora 13 años de internamiento, al contemplarse la eximente completa por el trastorno psiquiátrico que padece. La calificación y la pena coincide con lo solicitado por la abogada de la defensa, Yolanda Payo, pero con la Fiscalía, que ha mantenido su petición de 20 años de internamiento por un delito de asesinato, al entender que hubo alevosía y que la víctima no tuvo capacidad de respuesta.

En la sesión del juicio de este día, además, han testificado psiquiatras que han venido a confirmar la enfermedad que padece el acusado, de la cual actualmente está en tratamiento. También han señalado que padecía de esquizofrenia desde hace mucho tiempo, pero se le fue agravando.

Según los testigos, la enfermedad, de la que no estaba diagnosticado en el momento del crimen, estaba "encubierta" por otro tipo de dolencias. De hecho, inicialmente cuando llegó al hospital se pensó que hubiese tenido un brote psicótico puntual, al no estar diagnosticado.

Las partes están citadas este miércoles a las 11.00 en la Audiencia, donde se dará instrucciones al jurado popular de cara a la redacción del veredicto. El jurado deberá no solo determinar su culpabilidad, hecho que el procesado ya ha confesado, sino si consideran que fue homicidio o asesinato.

Asesinato y no homicidio

De acuerdo al relato fiscal, el acusado, que padece un trastorno compatible con una esquizofrenia paranoide, tenía sus facultades anuladas en el momento de los hechos, que se remontan al 29 de noviembre de 2016, cuando el acusado acudió al salón de su casa, donde dormía su madre, y la despertó.

Esta, medio dormida, le preguntó qué hora era, momento en que el acusado, de manera inesperada, se abalanzó sobre ella y, con intención de acabar con su vida, le apretó con ambas manos el cuello y la estranguló, provocando su muerte por asfixia.

La mujer dormía en el salón desde el mes de julio de ese mismo año, después de que fuera operada del hombro izquierdo, en el que le pusieron prótesis, y aún estaba convaleciente. Tras los hechos, el acusado fue caminando hasta la Comisaría gijonesa para comunicar que había matado a su madre.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato con alevosía del artículo 139.1 del Código Penal, con la eximente de enajenación mental, la atenuante de confesión y la agravante de parentesco.

En este sentido, solicita la absolución del acusado y su internamiento en un centro psiquiátrico durante 20 años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 10 años y 10 años de libertad vigilada, consistente en someterse a tratamiento externo o control médico periódico. En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a su padre con 50.000 euros y con 20.000 a cada una de sus dos hermanas.