El Ayuntamiento va a recurrir la sentencia del juzgado de primera instancia 4 de Oviedo que dio por bueno el rechazo de la Fundación Liberbank a nombrar a Marta Rodil como representante del Ayuntamiento de Gijón. Un informe jurídico del secretario municipal cuestiona la interpretación efectuada por el juez, quien consideró que el Ayuntamiento no es un patrono nato, e insta a recurrir.

Los estatutos de la Fundación Cajastur preveían que "cuando el nombramiento de patrono recaiga en una persona jurídica, ésta deberá nombrar a la persona física que la represente", derecho que deniega la sentencia, al considerar que el Ayuntamiento sólo ostenta el derecho de propuesta de una persona física.

El secretario considera que "si bien la redacción de los estatutos en este punto podría ser mejorable, sí se interpreta a la luz de los preceptos de la Ley de Fundaciones que prevé que las mismas estén compuestas tanto por personas físicas como jurídicas, parece evidente que el Ayuntamiento de Gijón, como entidad fundadora de la Caja de Ahorros de Asturias, de la que trae causa la fundación bancaria que nos ocupa, debe ostentar un puesto de patrono nato en la misma, aunque luego deba estar representado por la persona física por éste designada".

El informe resalta la ocultación de información por la Fundación Liberbank al Ayuntamiento sobre el motivo por el que vetó a Marta Rodil. Hasta el juicio, la Fundación no informó al Ayuntamiento de que no se la nombró al no considerarla idónea. "El verdadero motivo del veto a la señora Rodil fue el hecho de sostener en el pasado pleitos contra la entidad bancaria como abogada", señala el informe, que también apunta el trato desigual al Principado, al aceptar la designación del representante de esta administración. El pleno aprobó recurrir la sentencia con los votos de Foro y XsP, el rechazo del PP y C's y la abstención de PSOE e IU.