La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Una acción para recuperar fondos públicos manejados con dolo, culpa o negligencia graves

El Tribunal de Cuentas se encarga de la fiscalización de las cuentas públicas y del enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos cuando con dolo, culpa o negligencia graves hubieran originado un menoscabo en los caudales o efectos públicos, por lo que les será exigible la indemnización de los daños y perjuicios causados.

La ley que regula el Tribunal de Cuentas contempla, no obstante, que quedarán exentos de esa responsabilidad "quienes actuaren en virtud de obediencia debida, siempre que hubieren advertido por escrito la imprudencia o ilegalidad de la correspondiente orden, con las razones en que se funden".

La actuación del Tribunal de Cuentas es compatible con la acción penal de otros tribunales por los mismos hechos. En caso de supuestos delitos, la responsabilidad civil que lleven aparejados los mismos será, precisamente, la que se establezca en el juicio que se celebre en el Tribunal de Cuentas.

El procedimiento de reintegro por alcance es uno de los tres que tiene el Tribunal de Cuentas para exigir responsabilidades. Es el mismo procedimiento por el que se condenó a la exfuncionaria del Principado Marta Renedo, una de las implicadas en el caso Marea, a devolver 1,5 millones de euros al Principado y por el que también se están solicitando al expresidente de Cataluña, Artur Mas, la devolución de los 5 millones destinados al referéndum del 9-N.

Compartir el artículo

stats