Los juzgados de lo social han desestimado las reclamaciones de tres antiguos beneficiarios de los planes de empleo del Ayuntamiento de Gijón por tercera vez, reforzando así los criterios adoptados por el consistorio a partir de 2015 para la convocatoria de los planes, según ha informado el Ayuntamiento.

El gobierno local señala que estas tres nuevas sentencias “ratifican que los cambios introducidos por el Ayuntamiento en 2015 en los Planes de Empleo son acertados”. Los cambios en la convocatoria de los planes de empleo se produjeron después de un aluvión de demandas por despido improcedente y equiparación salarial con los funcionarios que se resolvieron a favor de los reclamantes, debido a cómo se habían redactado las bases de la convocatoria de planes de empleo anteriores. La situación obligó al Ayuntamiento a desembolsar varios millones de euros por diferencias salariales e indemnizaciones. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ya había dictado otras sentencias en el mismo sentido.

No obstante, los juzgados de lo social también han pronunciado sentencias diferentes sobre beneficiarios de planes de empleo tras los cambios en las bases de 2015.

Estas tres nuevas sentencias se producen después de que los trabajadores hubieran acudido a los juzgados de lo social en febrero de 2017 y al Tribunal Superior de Justicia de Asturias en octubre de 2017, reclamando la indefinición de su contrato que fue desestimada.

Posteriormente, en enero de 2018, solicitaron la nulidad de su despido en los juzgados de lo social de Gijón, que ahora ha sido también desestimada con las nuevas sentencias. Estos últimos fallos no son firmes, dado que los trabajadores aún pueden recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Las nuevas sentencias estiman que no existió nulidad en la finalidad de los contratos por obra y servicio de los que se beneficiaron los trabajadores, reclamación que de haber sido asumida por los jueces hubiese implicado la readmisión en sus antiguos puestos y el abono de los salarios de tramitación.

Los trabajadores argumentaban que la nulidad en el despido se produjo al verse vulnerados sus derechos fundamentales, ya que el Ayuntamiento los despidió no por el fin de la obra a la que estaban adscritos en el Plan de Empleo, sino como represalia por la reclamación previa y la demanda que habían presentado. Este argumento ha sido rechazado.

En una de las sentencias se indica que “este proceder ilustra acerca de la situación del trabajador, que lejos de verse represaliada por la demandada con un despido como respuesta empresarial a aquella reclamación, quiso preparar el camino a la ahora ya contemporánea alegación de vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y se anticipó a la inexorable extinción de un contrato de trabajo de duración determinada.”

La concejala de Hacienda, Organización Municipal y Empleo del Ayuntamiento de Gijón, Ana Braña, ha señalado respecto a las resoluciones judiciales que “desde el Ayuntamiento de Gijón estamos satisfechos porque los cambios introducidos en 2015 están siendo vistos con buenos ojos por la Justicia, que de momento nos está dando la razón. No obstante, seguimos preocupados porque sigue sin haber una modificación sustancial en la bases de los planes de empleo por parte del Principado, que dote de mayor seguridad jurídica a este programa, lo que sigue produciendo ciertos miedos, más que razonables, en los ayuntamientos.”

La edil forista agrega que “desde la introducción de los cambios y desde que la justicia ha empezado a dar la razón al Ayuntamiento de Gijón, el número de reclamaciones judiciales ha descendido sustancialmente. No obstante, seguimos viendo trabajadores que acuden a la Justicia de manera reiterada, como este caso. Hay que recordar que todo trabajador tiene todo el derecho del mundo a acudir a la Justicia si entiende que su empleador no ha hecho las cosas bien, pero también hay que recordar que esta relación laboral es especial en cuanto a su fundamentación, ya que los Ayuntamientos no contratan por necesidad de una carga de trabajo, sino principalmente como fin social, y la excesiva judicialización está perjudicando la imagen de este programa y de sus beneficiarios e incluso ha producido que varios ayuntamientos hayan desistido de este programa en perjuicio del interés de los demandantes de empleo”.