Langreo, M. Á. G.

La sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha admitido el recurso del Ayuntamiento de Langreo en el litigio que mantenía con el Consistorio de San Martín del Rey Aurelio por el pago de las tasas del derribo del antiguo acueducto del canal de Coruxera. El fallo del TSJA, contra el que no cabe recurso ordinario, revoca la sentencia del Tribunal de lo Contencioso-administrativo número 6 de Oviedo, que había dado la razón a San Martín, y, por tanto, exime a Langreo del pago de 5.037 euros por la licencia de obra de la demolición del primitivo acueducto, propiedad de Langreo pero que estaba ubicado a la altura del barrio de El Pontón, en Sotrondio.

El litigio se inició después de que San Martín exigiera a Langreo el derribo de la estructura, en desuso, debido a su estado de deterioro. Langreo no solicitó la licencia de obras al alegar que los trabajos fueron desarrollados fueron ejecutados a petición de San Martín, en el marco de un supuesto de ruina inminente. Por su parte, San Martín entendía que no se cumplía este supuesto, ya que se había dado al Ayuntamiento de Langreo un plazo de seis meses para que se decantara por la demolición del acueducto o por su rehabilitación.

En su sentencia, el TSJA estima la apelación del Consistorio langreano y declara que «no son conformes a derecho las resoluciones municipales (del Ayuntamiento de San Martín) recurridas en la primera instancia».