Tapia / Castropol,

T. CASCUDO

Su compañía de seguros le regaló por Navidad un llavero con una navaja multiusos, que guardó en la guantera del coche sin prestarle mayor atención. Lo que no sabía M. L. M, tapiego de 22 años, es que ese regalo le iba a costar caro. Tanto que acaba de recibir una propuesta de sanción de la Delegación de Gobierno por importe de 300 euros. Se le atribuye la tenencia ilegal de un arma blanca.

Los hechos se produjeron el pasado 6 de mayo, cuando M. L. M. buscaba aparcamiento para asistir a las fiestas de la localidad castropolense de Brul. Fue entonces cuando este joven fue parado en un control de la Guardia Civil y los agentes le pidieron la documentación.

«Me preguntaron si llevaba algún arma blanca y yo dije que no, pero registraron el coche y encontraron el llavero. Yo ni sabía que estaba allí, es el típico que te dan de regalo y tiene cortauñas, lima, destornillador y navaja. Lo tiré en la guantera y me olvidé, pero traté de explicarlo y todo lo que decía sólo empeoraba la situación», dice el tapiego, que no termina de creerse la sanción.

El joven, que recibió hace unas semanas la carta con la notificación de la Delegación de Gobierno, ha presentado un recurso con alegaciones para que no se tramite el expediente sancionador, que supone la comisión de una infracción grave.

Además de iniciar el expediente, los agentes le confiscaron el llavero multifunción. «En el maletero llevaba abridores de botellas, pues trabajo mucho de camarero, y me preguntaron que por qué llevaba ese armamento», explica, incrédulo.

Ahora, M. L. M. confía en ganar el recurso presentado y no tener que pagar la multa definitiva, que considera injustificada.

El caso es que, pese a lo llamativo de la sanción, en el artículo 23 de la Ley 1/92 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en concordancia con el Reglamento de Armas, se establece que la tenencia de armas blancas en las zonas de ocio no está permitida.

El reglamento -cuya aplicación suele generar mucha controversia- indica que «portar armas de fuego o de cualesquiera otra clase en establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, salvo en los lugares habilitados para su uso», supone la aplicación de sanciones o la retirada de licencias.