El sargento pixueto fue apartado sin poder defenderse, concluye el TSJA

La sentencia censura que no se permitiese declarar con asistencia jurídica al policía durante el curso del expediente

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Prudencio Iván Flórez.
Prudencio Iván Flórez. archivo

Cudillero, Sara ARIAS

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha echado por tierra el expediente disciplinario abierto por el Ayuntamiento de Cudillero en abril de 2010 al exsargento de la Policía Local del municipio, Prudencio Iván Flórez. La sentencia, del pasado 7 de febrero, ratifica el auto emitido por el Juzgado de lo contencioso administrativo número uno de Oviedo en mayo de 2011, que había sido apelada por el Ayuntamiento de Cudillero.

El Ayuntamiento de Cudillero abrió en abril de 2010 un expediente disciplinario a Flórez, por el que este quedaba suspendido de empleo y sueldo por no haber entregado a tiempo los documentos pertinentes para una subvención de la Consejería de Medio Ambiente del Principado.

La sala entiende que la denegación, por parte del Ayuntamiento, de la petición de Flórez para acudir a declarar con asistencia jurídica durante la apertura del expediente supone una situación de indefensión. Durante la declaración, Flórez se negó a responder a las preguntas que le formularon y esa negativa fue utilizada como un reconocimiento implícito de los hechos imputados, lo que, para el tribunal, también constituye, de nuevo, una situación de indefensión.

Asimismo, la sentencia confirma la anterior de mayo de 2011, al considerar que al funcionario expedientado no se le permitió estar presente en la recuperación de pruebas testificales, lo que remarcan los magistrados como una nueva situación de indefensión.

Tampoco se le permitió a Flórez incluir en su expediente disciplinario el informe del Principado sobre la subvención. El juez considera pertinente esta prueba para que el exsargento acreditase la fecha de presentacion y las bases de la convocatoria.

También destaca la sentencia que en el informe de la Secretaria del Ayuntamiento, ésta manifestó que, en su opinión, «la solicitud de subvención fue presentada en el plazo otorgado» y que, incluso, no lo puso en conocimiento del Alcalde porque entendió que por tal causa no había motivo para abrir un expediente.

La sentenciadel TSJA obliga al Ayuntamiento de Cudillero a que sufrague las costas de los juicios, tanto el de 2011 como el último.

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