La magistrada-jueza del Juzgado de lo contencioso-administrativo n.º 2 de Oviedo, Pilar Martínez Ceyanes, ha anulado la aprobación municipal a que se instale un tanatorio en Valtravieso (Valdés). Al estudio de implantación se dio vía libre por parte del Ayuntamiento el 16 de diciembre de 2014. La jueza esgrime la falta de un informe vinculante de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC) necesario para su construcción.

Con esta sentencia se da la razón a Funerarias del Occidente del Principado de Asturias, defendida por el letrado Juan A. Cruz Rodríguez. Esta sentencia no es firme y el Ayuntamiento de Valdés podrá interponer recurso.

La jueza se remite al PGO de Valdés, aprobado el 20 de julio de 2006, en el que recoge "la prohibición del vertido directo o indirecto de aguas y de productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización administrativa. Los vertidos de aguas residuales requerirán, por tanto, la previa autorización del organismo de cuenca...".

La ausencia del informe de la Confederación sobre el estudio para implantar un tanatorio en Valtravieso haría que éste se anulase.

El Ayuntamiento de Valdés en ningún momento llegó a solicitar el citado informe a la CHC y en su lugar presentó una factura emitida por la concesionaria del servicio de agua que "carece absolutamente de facultades para acreditar la disponibilidad de recursos hídricos". Contra el tanatorio también se habían pronunciado en su día vecinos de la zona.