Una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) reitera la nulidad del decreto por el que se aprobó el Instrumento de Gestión Integrado (IGI) del parque natural de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias. Como en las últimas sentencias conocidas, el tribunal estima parcialmente el recurso y declara la nulidad del decreto en base a la falta de una memoria económica y de la existencia de planes anuales de gestión.

Como novedad, esta sentencia reconoce la legitimidad de una asociación para reclamar y llevar a cabo las acciones necesarias contra el IGI. En este caso, se trata de la asociación Narcea, Degaña e Ibias (Asnadi) que se creó hace unos tres años, con anterioridad a la aprobación del instrumento de gestión. Además, el juez recoge en su escrito "el procedimiento procesal a seguir ante la reclamación de los afectados de una posible indemnización, algo que hasta ahora estaba en el aire", subraya el abogado de los denunciantes, Pablo González.

El letrado explica que la sentencia incide en que "la administración no se ha preocupado de la cuestión económica olvidándose una vez más de los afectados" y recuerda que la anulación del decreto "obliga a empezar el proceso de nuevo, no pueden hacer una memoria económica y adjuntarla".

En este sentido, el letrado espera que a raíz de esta sentencia la asociación, de la que forman parte más de un centenar de propietarios de montes afectados, sea tenida en cuenta a la hora de configurar el nuevo instrumento de gestión "antes de que tengan la necesidad de accionar de nuevo".

Por su parte, los afectados se muestran satisfechos con el fallo de la sentencia aunque desearían "no haber tenido que llegar a esta situación", confiesa José Manuel Boto, vocal de Asnadi. Recuerda que sus reivindicaciones vienen desde el momento en el que se empezó a hablar de un parque "sin contar con los propietarios que veíamos como lo que nos estaban vendiendo como la panacea solo era una lista de prohibiciones".