Lne.es » Opinión
 Noticia anterior   Noticia siguiente 

Reformas tributarias: el caso de los 400 euros

n Las personas con menos ingresos no pudieron disfrutar de la deducción

 
Enviar
Imprimir
Aumentar el texto
Reducir el texto
Reformas tributarias: el caso de los 400 euros
Reformas tributarias: el caso de los 400 euros  

SANTIAGO ÁLVAREZ GARCÍA PROFESOR TITULAR DE HACIENDA PÚBLICA EN LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO La cuantificación de los efectos económicos de las políticas públicas constituye una tarea tan compleja como necesaria. Ningún Gobierno puede plantear una reforma tributaria sin realizar previamente un análisis riguroso de su impacto recaudatorio, de sus efectos distributivos o del impacto que tendrá sobre los distintos grupos de contribuyentes. Sin embargo, no resulta fácil realizar un estudio de estas características. La dificultad fundamental se deriva del hecho, puesto de manifiesto por el premio Nobel de Economía del año 2000, James Heckman, en un importante trabajo de 1995, de que resulta imposible observar el efecto simultáneo de la presencia/ausencia de una determinada política pública.

Para intentar dar una solución a este problema, desde el ámbito del análisis económico se recurre al empleo de técnicas de microsimulación. Básicamente, estos modelos permiten aplicar, sobre bases de datos de variables económicas y sociodemográficas de una población, algoritmos que reproducen los efectos que sobre la misma tienen las reformas impositivas -o de las transferencias públicas- que se plantean realizar. Aunque la utilización de esta técnica se remonta al año 1957, su generalización se ha producido en los últimos 15 años, en que se ha dispuesto de bases de datos adecuadas, al mismo tiempo que se desarrollaban programas informáticos capaces de realizar cálculos complejos con millones de datos.

Afortunadamente, en nuestro país disponemos desde hace años, gracias a la Agencia Tributaria y al Instituto de Estudios Fiscales, de importantes bases de datos, obtenidos a partir de las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas, que permiten desarrollar microsimuladores con los que estudiar los efectos económicos de este tributo.

En esta dirección, la Fundación de las Cajas de Ahorros ha presentado el trabajo «Análisis de reformas del impuesto sobre la renta personal a partir de microdatos tributarios. El simulador de las cajas de ahorros (FUNCASim)». Este simulador ha sido desarrollado por un equipo dirigido por el catedrático de Hacienda Pública de la Universidad Complutense de Madrid José Félix Sanz, que cuenta con una reconocida experiencia en este ámbito de estudio.

De esta presentación, el aspecto que más ha despertado la atención de los medios de comunicación ha sido el análisis que se ha realizado de la deducción de los 400 euros concedida en el IRPF en el año 2008. Este interés es lógico ya que, siendo una de las alternativas de reforma fiscal que maneja actualmente el Gobierno, su eliminación para el próximo ejercicio conociendo los efectos que ha tenido su implantación podemos aproximar los que podría tener su derogación.

Como es sabido, esta deducción fue una de las promesas más destacadas del Partido Socialista en la campaña para las elecciones generales de marzo de 2008, presentándose como una devolución de impuestos. Su regulación se incluyó en el real decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica, articulándose como una deducción de la cuota líquida, para los contribuyentes que obtienen rendimientos de trabajo o de actividades económicas, de 400 euros, sin que pueda exceder del resultado de aplicar el tipo medio de gravamen a la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, minorados en las reducciones establecidas. El importante deterioro de la situación económica de nuestro país hizo que sus efectos se adelantaran al segundo semestre de 2008 mediante una reducción de las retenciones y pagos a cuenta del impuesto, con el objeto de elevar la renta disponible de los contribuyentes beneficiarios de la misma.

Las conclusiones más destacadas del estudio realizado son las siguientes:

-El coste recaudatorio de esta medida, que repercutió íntegramente sobre la Hacienda estatal al no aplicarse a la cuota autonómica, se estima en algo más de 4.500 millones de euros. Se trata de una cantidad importante, máxime en un momento como el actual, de deterioro en las finanzas públicas, pero muy alejada de las previsiones del Gobierno, que cifró en 6.000 millones de euros la pérdida recaudatoria de su aplicación solamente a los perceptores de rendimientos del trabajo personal.

-De los 18,2 millones de declarantes del IRPF, algo más de 6 millones no se han podido aplicar la deducción. El 71,05% de los contribuyentes excluidos de la misma se situaban entre el 30% de declarantes con menor nivel de renta.

-En función de esta deducción se puede clasificar a los contribuyentes en tres grupos: los que no reciben nada de la misma, los que reciben una cuantía positiva pero inferior a los 400 euros y los afortunados que pueden deducirse los 400 euros al completo. Los primeros, como ya se ha señalado, suponen algo más de 6 millones, el 33,16 por ciento del total de la población contribuyente. Los segundos son 1,6 millones de contribuyentes, el 9,06 por ciento, mientras que los que pueden deducirse los 400 euros en su integridad son algo más de 10,5 millones de declaraciones, el 57,68 por ciento de los contribuyentes.

-Los contribuyentes que no disfrutan en todo o parte de la deducción se sitúan entre los que tienen menos ingresos, mientras los que pueden aplicar la misma en su totalidad pertenecen a los grupos de mayores ingresos. Esta situación se debe a que la deducción se aplica en la cuota líquida del impuesto. Como ésta no puede ser negativa, se beneficia en mayor medida a aquellas personas cuyas rentas son lo suficientemente elevadas como para generar unos pagos impositivos que permitan absorber los 400 euros.

La conclusión que extraen los autores es que se trata de una deducción fuertemente regresiva, con un alto coste recaudatorio y de dudosa efectividad macroeconómica.

Se trata, sin duda, de argumentos que hacen de esta deducción un candidato idóneo para su eliminación en una próxima reforma fiscal. Al mismo tiempo, la contundencia de los mismos nos debería hacer reflexionar sobre la importancia que tiene realizar estudios serios y detallados antes de adoptar medidas fiscales y sobre el hecho de que el resultado final de las mismas no siempre es el que parece a simple vista.

COMPARTIR
 
BLOGS
     CONÓZCANOS: CONTACTO |  LA NUEVA ESPAÑA |  CLUB PRENSA ASTURIANA |  PUNTOS DE VENTA |  PROMOCIONES    PUBLICIDAD: TARIFAS| AGENCIAS|CONTRATAR  
Lne.es y La Nueva España son productos de Editorial Prensa Ibérica
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de La Nueva España. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.


  Aviso legal
  
Otros medios del grupo Editorial Prensa Ibérica
Diari de Girona  | Diario de Ibiza  | Diario de Mallorca  | Empordà  | Faro de Vigo  | Información  | La Opinión A Coruña  |  La Opinión de Granada  |  La Opinión de Málaga  | La Opinión de Murcia  | La Opinión de Tenerife  | La Opinión de Zamora  | La Provincia  | Levante-EMV  | El Boletín  | Mallorca Zeitung  | Regió 7  | Superdeporte  | The Adelaide Review  | 97.7 La Radio  | Blog Mis-Recetas