En el curso de una reciente entrevista radiofónica, el diputado de IU por Madrid, Gaspar Llamazares -durante cuyo mandato como coordinador de IU la coalición se situó al borde de la desaparición parlamentaria, lo que no le impide seguir aferrado a su escaño pese a haberse visto obligado a renunciar a su cargo tras el batacazo electoral de 2008-, dio un auténtico recital de acabada combinación de ignorancia y escaso apego a la verdad.

Pretendiendo evadirse del papel de sus coaligados catalanes en la prohibición de los festejos taurinos, el señor Llamazares, natural de La Rioja, quiso adornarse afirmando que, como asturiano, pertenecía a una región en la que no existe tradición taurina, pese a lo cual no es partidario de la prohibición en el «conjunto del Estado». Es de lamentar que don Gaspar, a diferencia de cualquier asturiano medianamente ilustrado, ignore que la fiesta de los toros no sólo tiene una arraigada tradición en Asturias sino que probablemente la primera referencia histórica a la misma en toda España la recoge la Crónica General de Alfonso X cuando señala que durante las Cortes convocadas en Oviedo por Alfonso II, en el 815, «lidiaban cada día toros».

Pero no quedó en esto el manifiesto, palmario y desenfadado desapego a la verdad del que hizo gala este licenciado en Medicina «masterizado» en La Habana -no pretendo establecer relación alguna entre uno y otro extremo, aunque, ciertamente, no la descarto-. Con la misma soltura con la que afirmó la inexistencia de tradición taurina en una región en la que la misma consta documentada desde hace casi mil doscientos años, este ex seminarista reconvertido en azote de sotanas y crucifijos no dudó en sentar pomposa cátedra sosteniendo que la regulación del Estatuto de Autonomía de Cataluña sobre el Consejo de Justicia declarada inconstitucional es idéntica a la del Estatuto de Andalucía. Ante la incredulidad -por cierto, escasamente documentada- del periodista, con una presencia de ánimo propia de un Vyshinski, apeló a su condición de ponente de ambos estatutos para desafiar las dudas de su interrogador.

Si en el caso de los toros la mala fe puede disculparse con la ignorancia, en éste ni siquiera la ignorancia disculpa la mala fe. El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el artículo 97 del Estatuto catalán porque calificaba al consejo autonómico como «órgano de gobierno del poder judicial» que «actúa como órgano desconcentrado del Consejo General del Poder Judicial». Ninguna de esas dos calificaciones figuran en el artículo 144-1 del Estatuto andaluz, y son precisamente las que vician de inconstitucionalidad el precepto porque, como señala el Tribunal Constitucional, «ningún órgano, salvo el Consejo General del Poder Judicial, puede ejercer la función de gobierno de los órganos jurisdiccionales integrados en el Poder Judicial, exclusivo del Estado».

Bien pensado, no es de extrañar esa forma de actuar en quien, a buen seguro, habrá interiorizado como inexcusable el uso sistemático de la mentira mamado en las, a tal efecto, generosas ubres de la más rancia tradición estalinista. La misma que le permite seguir defendiendo a la satrapía cubana sin otro rubor que el que, en su caso, se desprenda de sus despreocupadas y alegres jornadas, playeras o de otro orden, en la isla caribeña. A fin de cuentas, el mamífero artidioláctico de la familia de los bóvidos no puede por menos que sentirse irresistiblemente impelido a frecuentar las elevaciones naturales de terreno.