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Editor de la revista digital de diseño dissenycv.es

Por el beso de una pulga

Una sentencia ha prohibido a Mikel Urmeneta, el creador de la célebre marca Kukuxumusu (beso de pulga en euskera) utilizar en su nueva empresa Katuki Saguyaki (comida de gato) los diseños que el propio Urmeneta vendió a su antigua firma. Al parecer Urmeneta vendió a los nuevos gestores de Kukuxumusu los derechos de reproducción de una serie de ilustraciones, y ha utilizado alguno de los personajes (el famoso toro azul diseñado con su estilo personal y característico) para otros productos de nueva empresa. Los dueños de su antigua casa reclaman que estos personajes y este estilo pertenecen al "Universo Kukuxumusu" que Urmeneta les vendió.

Este asunto suscita de nuevo el manido tema de la propiedad intelectual y los derechos de autor, que si están más o menos regulados en otras disciplinas artísticas o creativas, en el ámbito del diseño o de la ilustración parece que todavía andan situados en un cierto limbo legal e incluso ético.

Ante la convicción de que el conocimiento o las obras surgidas de la creatividad de un artista o un diseñador, si no son compartidos no son nada, surge también la disyuntiva de reclamar que los creadores tengan el derecho de sobrevivir con sus creaciones. Pero ante problemas complejos, soluciones imaginativas; han surgido alternativas que intentan combinar ambas pretensiones: la distribución de los productos creativos fuera del mercado convencional de la oferta y la demanda a través del sistema de la donación o el micromecenazgo, una posibilidad cierta que funciona cada día mejor toda vez que internet posibilita y multiplica la difusión de estas iniciativas: ante la evidencia de que todo es "copiable" o "descargable" quizás sea una opción inteligente ampliar el mercado a escala planetaria y esperar el retorno por la propia calidad de la obra y la respuesta que ésta genere voluntariamente. Tiendo a mirar con simpatía aquellos movimientos que anteponen el "copyleft" (el ejercicio del derecho de autor que permite la libre distribución de copias y versiones modificadas de una obra) al "copyrigth", pero entiendo que la opción a la hora de establecer cómo aplicar estos derechos ha de ser una decisión personal, no impuesta.

En el asunto Urmeneta y desde la solidaridad de los entornos creativos parece fácil tomar partido: desde el ámbito moral parece de sentido común reivindicar el derecho del fundador de Kukuxumusu a no renunciar a su propio estilo gráfico y la utilización de sus personajes en otros contextos, pero no se puede soslayar que Urmeneta firmó un contrato mercantil en el que se establecieron ciertos preceptos y compensaciones económicas y que una decisión judicial a favor de las tesis de los actuales propietarios de Kukuxumusu puede ser jurídicamente plausible.

La clave de la polémica es dilucidar si las versiones de los dibujos realizados por la nueva firma de Urmeneta, eran nuevas creaciones o no, si el concepto de "Universo" puede transcribirse en el Código Civil. Me temo que estas consideraciones ontológicas no sean de fácil aclaración, y que seguiremos durante mucho tiempo enfrascados en debates parecidos sobre el peliagudo tema de la propiedad intelectual, una cuestión sobre la que tengo más dudas que certezas.

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