La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Portavoz del Grupo Socialista en la Junta General del Principado

La primera tarea del Parlamento: que haya Gobierno

El pasado jueves 23 de junio se celebró el referéndum por el que el Reino Unido dio su apoyo al "Brexit", con graves repercusiones para los propios ciudadanos británicos y para la Unión Europea. La primera y directa consecuencia de esa consulta fue el anuncio de dimisión del primer ministro británico, David Cameron. Hoy el Reino Unido tiene una nueva primera ministra, Theresa May, que ha llevado a cabo la renuncia y la sustitución de Cameron con todas las garantías democráticas. Primero, asumió la dirección en el partido "tory" y luego, en el Parlamento. Es cierto que ayuda la mayoría absoluta con la que cuentan los conservadores en la Cámara de los Comunes, pero no deja de llamar la atención la forma en la que están dispuestos los procedimientos en ese país, tanto los internos, los del partido, como los institucionales, los parlamentarios.

El Reino Unido no sólo tiene ya primera ministra, sino que May ha completado ya una gira europea para empezar a abordar las consecuencias del resultado del referéndum.

¿Y en España? Con unas elecciones celebradas el 26 de junio, tan sólo unos días después de la consulta británica, nos encontramos en el periodo de consultas para la investidura de un candidato a la Presidencia del Gobierno después de una legislatura frustrada, no se olvide, y sin una idea clara de con quién y con qué programa se puede formar Gobierno.

La experiencia de la fracasada legislatura parecía llevarnos a la conveniencia de abordar algunos cambios, de promover algunas reformas en nuestros procedimientos que simplificaran, abreviaran o facilitaran la formación del Ejecutivo; parecía necesario acometer modificaciones que establecieran una mayor correlación entre el resultado de las elecciones y la formación de Gobierno. Poco o nada se ha hecho. Y poco o nada se ha propuesto. Hay más opiniones, es cierto, acerca de los efectos de los que pretenden convivir con la democracia representativa pero como si se tratara de una categoría de mayor calidad que la democracia. El elogio a la "democracia directa" empieza a ser puesto en revisión después de tanta irreflexiva promoción. Pero es necesaria la intervención de una opinión cualificada que proponga y que reflexione sobre el adecuado equilibrio entre proporcionalidad y gobernabilidad. Es llamativa la preponderancia de voces que destacan las virtudes de la proporcionalidad hasta llegar a la exageración de pretender lograr la proporcionalidad total, como si ésta fuera posible cuando se trata de convertir votos en representación trasladando la idea de que existirá una representación proporcionalmente "pura", distinta del universo representado, y llevándonos a la convicción de que un sistema mayoritario (como el británico) es cualitativamente inferior o de menos calidad democrática.

Nuestra situación política nos lleva a considerar muy conveniente un acuerdo para un trabajo técnico, cualificado, llevado a cabo por reputados constitucionalistas. Un estudio que verse sobre estas cuestiones, que, lógicamente, también tienen que ver con la ley electoral, y que, con unos objetivos políticos acordados previamente, dé lugar a una propuesta que inevitablemente incorpore la reforma de algunos aspectos de nuestra Constitución, con el consiguiente traslado a nuestras instituciones representativas. Las lagunas que presenta el artículo 99 de la Constitución Española, donde se regula el procedimiento de investidura, ponen de manifiesto esa necesidad.

No es menos importante resolver con precisión y claridad las relaciones entre el Parlamento y el Gobierno en este periodo transitorio que va desde la constitución del Congreso a la investidura, en donde importa conocer si el Gobierno puede someterse al control del Parlamento, o si es pertinente, adecuada y oportuna esta "excitación" de iniciativas de los parlamentarios que quieren no sólo controlar al Ejecutivo en funciones sino aprobar leyes. Este asunto fue informado por la Secretaría General del Congreso de los Diputados el pasado enero a solicitud de la Junta de Portavoces, y aún colea al haber sido elevada al Tribunal Constitucional la demanda de quienes consideran que el Gobierno en funciones debe someterse al control del Parlamento.

El informe de la Secretaría General es muy largo: a unas cosas sí y a otras no, pues al tener un Gobierno en funciones "limitado su ámbito de actuación, debiendo sujetarse a la regla general de abstenerse de actuar, esto es, limitando su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos, absteniéndose de adoptar (...) cualquier otra medida", como señala el artículo. 21.3 de la Ley 5/97 del Gobierno, difícilmente puede articularse el sistema de control habitual. No obstante, en la medida en que el Gobierno en funciones conserva ciertas competencias excepcionalmente y de forma singularizada en cada caso, la Mesa de la Cámara podría admitir iniciativas de control o información siempre referidas a la competencia que el artículo 21 confiere al Ejecutivo cuando éste está en funciones.

¿A qué viene entonces esa conflictividad, esa negativa del Gobierno a rechazar incluso el control sobre aquello que sí está autorizado a hacer? ¿A qué viene esa competición de los grupos a presentar iniciativas, incluso leyes, que no tienen posibilidad alguna de prosperar?

La primera tarea que tiene encomendada el Congreso de los Diputados recién constituido es la investidura del presidente del Gobierno, pues el sistema parlamentario exige la existencia de dos sujetos, Gobierno y Parlamento, plenamente investidos de sus facultades. Ésta es la primera tarea de la Cámara, repito, y en ella debe estar concentrada toda la atención y todo el interés político pues lo contrario, no lograr la investidura de un candidato, supone la convocatoria de unas nuevas elecciones que es la peor de las opciones, como todo el mundo reconoce.

Seguro que es la peor, de la misma manera que hay opciones parlamentarias sin investidura. Asturias tiene, como se sabe, un procedimiento de elección del presidente, no de investidura, de forma que los diputados de la Junta General del Principado pueden elegir entre varios candidatos; si ninguno de ellos alcanza la mayoría absoluta en la primera votación, resultará elegido en segunda votación el candidato que obtenga más apoyos (entre los dos más votados), sin que ninguno de los diputados pueda emitir un voto en contra. Las opciones son votar a uno, al otro o la abstención. Hay quien cuestiona que este procedimiento afecta la relación de confianza Gobierno-Parlamento y eso daría para otra discusión. Pero este sistema garantiza con total seguridad que casi siempre se elija presidente.

Y que nadie se llame a engaño: este mecanismo también conlleva negociar y buscar apoyo parlamentario, que unas veces será mayor y otras, menor; pero no traslada la responsabilidad del fracaso negociador a los ciudadanos.

Se afronta gobernando con dificultades, con tesón y con esfuerzo, intentando que la gestión de un día sea más eficaz y sólida que la del día anterior, proponiendo un proyecto que intente convencer o que, al menos, exija esfuerzo a la oposición para rechazarlo y plantear la alternativa. Esto es en síntesis el juego democrático gobierno/oposición: cada uno en su sitio. El sitio que corresponde a lo que los ciudadanos decidieron.

Compartir el artículo

stats