Arriondas, Ramón DÍAZ
La compañía ferroviaria Feve afirmó ayer que fue «materialmente imposible» evitar el descarrilamiento de Arobes, en las inmediaciones de Arriondas, que el pasado 23 de febrero provocó 13 heridos. Feve salía así al paso de la denuncia vertida veinticuatro horas antes por los dirigentes de la Asociación Profesional de Ferroviarios Independientes (AFI), que aseguraron que la compañía tenía pleno conocimiento de que el convoy iba superando la velocidad máxima permitida y pudo avisar al conductor y evitar el descarrilamiento. Feve anunció ayer que iniciará acciones legales contra los dirigentes sindicales que lanzaron esta acusación, Ramón Llera y Luis Olay.
Feve respaldó su tesis con un informe, basado en los datos del sistema de control interno, en el que se asegura que el convoy accidentado sólo superó el límite de velocidad en la curva de Taragañu, situada entre Arobes y Sotu Dueñes, donde ocurrió el descarrilamiento. A la entrada de la curva hay una señal que limita la velocidad a 40 kilómetros por hora. El lugar del descarrilamiento está situado a unos 120 metros de la señal. En el momento del accidente el tren avanzaba a más de 77 kilómetros por hora. «Por lo tanto, dada la proximidad de la alarma inicial y del accidente, con tan escaso margen de tiempo y teniendo en cuenta que esta comunicación sólo podría efectuarse a través de emisora o teléfono, no hubo ninguna posibilidad de ponerse en contacto con el maquinista para advertirle del exceso», señala el informe de Feve.
La compañía ferroviaria aseguró que si el tren fue recortando su retraso anterior entre Posada de Llanes (donde el conductor implicado comenzó su turno) y Arriondas fue porque se acortaron las paradas en las estaciones y apeaderos, no por exceso de velocidad.
La tesis de Feve choca frontalmente con lo establecido por el Juzgado de lo Social número 1 de Oviedo que, en sentencia firme, considera probado que se advierte «del estudio de la gráfica de velocidad obtenida del registrador del coche 2479 que, desde la estación de Posada, se produce un exceso de velocidad general en la realización del servicio, con el agravante de la limitación permanente de velocidad existente en la curva en la que se produjo el accidente». El juez, con este fallo, corroboró la sanción que Feve había impuesto al conductor: pérdida definitiva de la categoría con rebaja de sus emolumentos al tipo inmediatamente inferior.
El informe de Feve señala que en todo momento se va ganando tiempo recortando en las paradas, y únicamente se produce un exceso de velocidad en la curva del accidente. El informe incluye cálculos precisos sobre horarios y velocidades, con los que la compañía concluye que el convoy se retrasó un minuto en el recorrido entre Arriondas y Ribadesella, «lo que equivale a decir que su velocidad media de circulación era inferior a la prevista», según Feve.
Cerrada la vía social con la sanción al conductor, restan ahora las vías penal y civil, en las que el juez podría establecer indemnizaciones a los viajeros del tren que resultaron heridos en el descarrilamiento.