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El juez desestima por un error formal una petición de AVALL para derribar 89 casas

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias sentencia que el recurso vecinal fue interpuesto por una persona «no debidamente legitimada»

 
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Llanes, María TORAÑO

Un defecto de forma ha llevado al juez a desestimar una apelación de la Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes (AVALL) sobre el «caso de las 89 viviendas de Barru», cuyo derribo solicitó el colectivo vecinal, al considerar que su construcción contravino la legislación vigente.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha decidido desestimar el recurso de apelación interpuesto por AVALL en relación a su demanda por la construcción de 89 viviendas en Barru. La sentencia alude a un defecto de forma a la hora de la presentación del recurso ante los tribunales, dado que se interpuso «por persona no debidamente legitimada ni representada y cuya capacidad no ha sido acreditada», según figura el documento judicial.

AVALL solicitó la nulidad de la sentencia urbanística y el derribo de las viviendas, al considerar que la edificación se llevó a cabo en una zona de protección de costas y que no respondía a las necesidades de crecimiento de la población llanisca de Barru.

Un representante de AVALL aseguró ayer que el juez debió avisar en su día del error formal para subsanarlo en un plazo de diez días. La asociación, que mantiene un fuerte debate urbanístico con las autoridades socialistas llaniscas desde hace casi veinte años, anunció que recurrirá al Tribunal Supremo y seguirá adelante con esta denuncia.

AVALL interpuso un contencioso administrativo en enero de 2008 en un Juzgado ovetense para solicita la nulidad de la construcción de las 89 viviendas de una urbanización de Barru. El colectivo que preside María Paz Sainz defiende que las viviendas se levantaron dentro de la franja de 500 metros desde el borde del mar, en zona de protección de Costas. Previamente, en febrero de 2007, AVALL había solicitado la nulidad de la licencia urbanística, concedida por el Ayuntamiento de Llanes.

Hace unas semanas un juez ordenó archivar otra denuncia en la que AVALL pedía el derribo de 19 apartamentos en Toró.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Oviedo desestimó asimismo hace un año otro recurso similar presentado por la agrupación de vecinos contra la construcción de un edificio de 61 viviendas, local comercial y garaje en Barru.

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