DOLORES COLUNGA
PRESIDENTA DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL HOSPITAL
En los últimos días, los trabajadores del Hospital de Arriondas hemos sido ampliamente descalificados por parte del Ejecutivo asturiano en la Junta General del Principado y en la prensa. Si bien es obvio que todo esto no es más que un mero intento de desviar la atención sobre el verdadero debate de fondo (¿tienen o no derecho los ciudadanos del área VI a recibir atención sanitaria pública en igualdad de condiciones con el resto de los asturianos?), lo cierto es que desconocemos si estos comentarios nacen de la ignorancia o de la mala fe. Es por ello que, desde la realidad de lo que somos y con el rigor jurídico que los dictámenes de expertos nos aportan, junto con la experiencia de procesos de integración similares llevados a cabo en otras autonomías, pretendemos analizar aquello de lo que se nos acusa.
Primero: Ni somos irreflexivos ni irresponsables. El cambio de titularidad de la empresa, al no modificar nuestra relación contractual con el nuevo empleador, no significará ninguna «inestabilidad laboral». Tanto el profesor Raúl Bocanegra (catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo, en dictamen encargado por la Federación de Servicios Públicos de la UGT) como el profesor Fernández-Miranda (catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid, en el más reciente dictamen encargado por el comité de empresa del hospital) son tajantes a este respecto. Por citar a este último textualmente: «La integración definitiva del Hospital del Oriente de Asturias Francisco Grande Covián en el Sespa es una decisión de naturaleza política (adoptada por el Legislativo o por el Ejecutivo autonómico asturianos) que los trabajadores jurídicamente, por una parte, no pueden impedir y, por otra, no pueden padecer, viendo lesionados sus derechos adquiridos en régimen laboral (?) Una eventual publificación definitiva del centro, derivada de su integración definitiva en el Sespa, debe necesariamente conservar a los trabajadores en la misma posición jurídica que ocupaban frente a la fundación pública titular del Hospital del Oriente de Asturias, de la misma manera que la conversión del centro en fundación pública (partiendo de una fundación privada) no supuso variación alguna de su posición jurídica». Una cosa es que una vez integrado el Hospital en el Sespa, las vacantes y las plazas de nueva dotación deban ser cubiertas bajo un régimen de derecho administrativo y otra que dicha integración suponga por sí sola la alteración del régimen laboral de quienes ahora prestan sus servicios en ella. Están ustedes engañando a quienes incitan a pensar que una vez integrado el hospital en el Sespa nuestros puestos de trabajo podrían salir a concurso, como si por arte de magia nos transformáramos de repente de laborales fijos en estatutarios interinos.
Segundo: Dice la señora Migoya que nos contrataron «a dedo», vulgo «enchufados». Nos atendremos a lo que jurídicamente los ciudadanos pueden y deben exigir a nuestras contrataciones, citando nuevamente al profesor Fernández-Miranda: «El actual empleador de todos los trabajadores del Hospital del Oriente de Asturias Francisco Grande Covián es desde la misma génesis del hospital una fundación de derecho privado, fundada y controlada por las administraciones públicas y que es, además, ya de forma actual, una fundación pública, por lo que necesariamente hay que presumir que los procesos de selección y contratación de su personal se han regido siempre, desde el inicio de la actividad del centro hospitalario, por los criterios de objetividad, mérito y capacidad que tal vinculación pública, en todo caso, exige». Directores generales de la Consejería de Sanidad y Hacienda y concejales socialistas conforman el patronato del hospital, del que el propio consejero de Sanidad, señor Quirós, fue presidente; primero, cuando la Mancomunidad del Oriente (también Administración pública, por supuesto) era la principal responsable en el patronato, lo fueron los alcaldes de Parres (señor Millán) y luego de Cangas de Onís (señor Alfredo García). Si existieron tamañas irregularidades bajo su tutela, exija usted responsabilidades a los citados señores. Que nuestro convenio colectivo recoja un reglamento de contratación idéntico al del Sespa tampoco parece importarle mucho a la señora Migoya: será que conoce algún caso concreto.
Tercero: Las acusaciones del señor Quirós sobre nuestra valía, vertidas en la Junta General del Principado en su intervención en el debate previo a la votación sobre la discrepancia del Ejecutivo respecto de las enmiendas presentadas, se responden solas. En las sucesivas memorias del Sespa constan nuestros resultados. Señor Quirós: con menos recursos humanos y técnicos, fuimos capaces de sacar peras de un olmo trabajando con un compromiso y dedicación que usted mismo ha calificado de excepcionales en su comparecencia ante la Comisión de Salud en marzo de este mismo año (extraño cambio de valoración de nuestra capacitación profesional, ¿no creen?). Hace usted un flaco favor a la confianza que puedan tener los usuarios en la atención que reciben (ya de por sí bastante menguada en los últimos tiempos debido a la pésima gestión que realiza el actual equipo directivo), dudando de esta forma de la capacidad, mérito y formación de aquellos a quienes confió su salud.
Cuarto: Respecto a que los trabajadores y el propio comité están siendo manipulados en exclusiva por dos formaciones sindicales, como ha insinuado la señora Migoya, lean ustedes quiénes firman este escrito. Sin comentarios.
Quinto: Jamás hemos pedido ser funcionarios. Esta falsedad, de tantas veces repetida ha calado hondo entre muchas personas de buena fe y ha dañado seriamente nuestra imagen ante la sociedad y ante nuestros compañeros de profesión en otros centros. Reflexionen un poco antes hacer comentarios despectivos como «entrar por la puerta de atrás»: ¿Quién nos ha contratado? ¿De dónde sale el dinero que paga nuestras nóminas? ¿Prestamos o no prestamos un servicio público por encargo de la Administración? Se refieren ustedes al Estatuto Básico del Empleado Público, también lo ha hecho el profesor Fernández-Miranda: «La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en su Artículo 2.1, entiende incluido en su aplicación al personal estatutario y "en lo que proceda" al laboral de "los organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las administraciones públicas", por lo que parece que se abunda también en esta línea de asimilación en el caso del personal de una fundación pública». El señor Touriño, acabando con las fundaciones en Galicia, la señora Carme Chacón, con la integración de los hospitales militares en los respectivos sistemas de salud autonómicos por decreto: son muchos los casos en que correligionarios suyos han tenido en cuenta ésta y otras normativas, sin visos de anticonstitucionalidad, para solucionar un problema administrativo o de equidad en sanidad.
Sobre si el Ejecutivo va a recurrir la ley ante el Tribunal Constitucional (cuando no está legitimado para ello), o si esta ley es un atropello (cuando nuestra Constitución recoge como pilar básico de la democracia parlamentaria la división entre poder Legislativo y Ejecutivo), entendemos que escapan del ámbito sindical, y, como bien saben, nosotros nunca hemos hecho política partidista.
Para finalizar, un último ruego: céntrense en los ciudadanos y en el futuro del hospital, ése es el debate político. Los trabajadores no hacemos las leyes, ni somos obstáculo para que el Hospital de Arriondas sea gestionado directamente por el Sespa. Y, desde luego, no somos banderas para agitar, ni dianas que golpear, ni parapetos que usar para esconderse, sino ciudadanos y profesionales sanitarios que exigen un mínimo respeto cuando a sus intenciones y condición se refieran.
Dolores Colunga firma este artículo junto a los delegados sindicales de UGT, SAE, CC OO, SATSE, SIMPA y SICEPA.