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La Alcaldesa será juzgada por injurias, tras desestimar la Audiencia su recurso

La socialista Dolores Álvarez tendrá que declarar el 21 de enero por afirmar en un Pleno que el líder del PP, Fidel Sánchez, tiene antecedentes penales

 
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Fidel Sánchez Gómez.
Fidel Sánchez Gómez. lópez de arenosa
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Llanes, Ramón DÍAZ
La alcaldesa de Llanes, la socialista Dolores Álvarez Campillo, será juzgada como presunta autora de los delitos de injurias y calumnias. El juicio se celebrará el próximo 21 de enero, a las 10 de la mañana, en el Juzgado de Llanes. La regidora ha visto como la Audiencia Provincial de Oviedo desestimaba su recurso de reforma para anular la convocatoria del juicio, decidida por la juez instructora el pasado mes de mayo. Así las cosas Álvarez Campillo tendrá que responder ante la juez de Llanes de las reiteradas afirmaciones públicas en las que aseguró que el portavoz municipal del PP, Fidel Sánchez, tenía antecedentes penales. Aquellas aseveraciones llevaron al dirigente del PP a presentar una querella.

La Alcaldesa había recurrido la convocatoria de juicio verbal, al considerar que la ley de enjuiciamiento criminal reserva un procedimiento especial para los delitos de injuria y calumnia cometidos contra particulares, del que se excluyen expresamente las injurias dirigidas contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos.

La regidora destacó en el recurso que Fidel Sánchez es concejal y que las «manifestaciones objeto de su reproche» fueron vertidas en un Pleno municipal. Según Dolores Álvarez Campillo, la condición de «autoridad» de Fidel Sánchez excluye que pueda ser calificado como «particular».

La Sección Número 2 de la Audiencia Provincial de Oviedo, presidida por el magistrado Antonio Lanzos Robles, ha rechazado los argumentos de la Alcaldesa. Los jueces señalan que la supuesta injuria vertida por Dolores Álvarez Campillo «en modo alguno» se refirió a hechos concernientes al ejercicio del cargo de concejal o de portavoz del PP por parte de Fidel Sánchez, sino a su vida particular. Así, la Audiencia desestima el recurso de la Alcaldesa y ratifica la convocatoria de juicio verbal.

A la vista de la decisión de la Audiencia Provincial de Asturias, la juez de Llanes, Covadonga Medina Colunga, ha firmado un auto por el cual convoca a las partes implicadas para la celebración de juicio verbal el día 21 de enero.

Los hechos que provocaron la querella de Fidel Sánchez ocurrieron el día 5 de noviembre de 2008, en el transcurso de un Pleno municipal, en el que el portavoz del PP pidió explicaciones y aclaraciones sobre el pago de facturas, durante el año 2.006, a la empresa Calizas Ornamentales de Asturias S. L., cuyo representante legal es Ricardo Álvarez Campillo, hermano de la Alcaldesa. Fue entonces cuando Dolores Álvarez Campillo pronunció la siguiente frase: «por lealtad y respeto democrático a los vecinos de Llanes estoy sentada aquí, porque, presuntamente, con los antecedentes del portavoz del Partido Popular, tanto personales como penales, no me merece absolutamente ningún respeto, ninguno. Y lo digo públicamente a todos los vecinos de Llanes, estoy aquí porque es una promesa y por respeto, y por respeto democrático a mis vecinos lo tengo que hacer pero nada más, nada más por esa razón repito y digo, y no quito ni un ápice ni una coma de lo que acabo de decir».

Fidel Sánchez ha defendido ante el juez que esas «graves, vejatorias y humillantes acusaciones» fueron «urdidas con intencionalidad semántica y dolosa» y proferidas «con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio de la verdad». Además, tres días después de aquel Pleno, la querellada, convocó una rueda de prensa, en la que profirió de reiteró sus ataques contra Fidel Sánchez, insistiendo en que tenía «antecedentes penales» y que no iba a quitar «ni una coma de lo dicho» durante el Pleno. Esta circunstancia ha llevado a Fidel Sánchez a destacar en su querella que la alcaldesa de Llanes ha vertido injurias y calumnias contra él «con carácter continuado y con ensañamiento».

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