Llanes,

R. DÍAZ / M. TORAÑO

El urbanismo llanisco volvió ayer, una vez más, al Tribunal Supremo. Fue un mero trámite, dado que el asunto de debate, el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), ya está definitivamente anulado desde hace tres meses; así que las consecuencias de esta nueva sentencia, que se conocerá dentro de unos meses, no pasarán de ser otro aviso para el futuro.

El Supremo votó ayer sobre el recurso presentado por el Gobierno del Principado y el Ayuntamiento de Llanes contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que, el 30 de mayo de 2008, anuló el PGOU tras un recurso de la Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes (AVALL). Fue la misma sala del Supremo que ya se pronunció, en sentencia firme, el pasado mes de enero sobre otro recurso presentado por Andecha Astur. El Supremo, entonces, ratificó la anulación del planeamiento, decidida hace cuatro años por el TSJA, lo que dejó al concejo en una situación única en España: sin planeamiento municipal por la anulación en los tribunales de justicia de los tres últimos planeamientos y la derogación del anterior por el Principado. Esta situación obliga a aplicar leyes generales, estatales y regionales en el concejo, hasta que se redacte un nuevo planeamiento. Y deja al Ayuntamiento prácticamente sin competencias urbanísticas: será la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (CUOTA) la que tenga en sus manos la mayor parte de las decisiones en esta materia.

El recurso de Avall contra el PGOU llanisco fue aún más allá que el de Andecha Astur, dado que además de la aprobación definitiva del planeamiento el colectivo vecinal recurrió la aprobación del texto definitivo. El TSJA ya dio la razón a Avall en 2008 y anuló explícitamente el PGOU, así como todos los planes parciales y todos los crecimientos en los núcleos que se transformaron de rurales a urbanos, como Barru o Poo, e incluso los crecimientos de los núcleos que ya eran urbanos, pero que los hicieron crecer sin justificar debidamente.

El TSJA, en un severo varapalo al Ayuntamiento y al Principado, criticó entonces con dureza que se hubieran incorporado al planeamiento planes parciales ya anulados junto al plan urbanístico anterior (el de 1992) una vez finalizado el período de información pública, lo que impidió a los ciudadanos emitir opiniones sobre los mismos. Entre las actuaciones urbanísticas que se incorporaron ilegalmente al PGOU están las de La Talá, La Huertona y el polígono industrial de Posada.

Pero los recursos de Avall y Andecha Astur no son los únicos: ha habido también varias anulaciones parciales. Así, un particular recurrió la recalificación de suelos aprobada por el Ayuntamiento -y bendecida por el Principado- en la localidad de Buelna. También en este caso los jueces dieron la razón al recurrente y anularon la ampliación del núcleo rural de Buelna, al no haber justificado debidamente el equipo redactor la recalificación de terrenos. También anularon los tribunales de justicia la ampliación del núcleo urbano de Niembru, lo que ha provocado la orden de derribo de un chalé en construcción, así como el plan parcial de La Talá, una de las «perlas» del modelo urbanístico elegido hace dos décadas por las autoridades locales, con el que se pretendían levantar unas 500 viviendas en el extremo occidental de la villa de Llanes.

La delicada situación urbanística del municipio llevó al Principado a anunciar unas normas provisionales para el concejo, que iban a ser redactadas en tres meses, para presentarlas justo antes de las elecciones del 22 de mayo. La propuesta fue cuestionada por todos los expertos en la materia consultados por este periódico, al considerar inaplicable la normativa elegida por el Principado en el caso de Llanes. Finalmente, el ejecutivo regional dio marcha atrás y anunció que en el concejo se aplicarán las normas estatales y regionales vigentes.