Llanes, R. D.

El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 6 de Oviedo ha desestimado un recurso interpuesto por la Asociación de Vecinos y Amigos de Llanes (AVALL) contra el rechazo, por silencio administrativo, de la petición de revisión de oficio para que se declarase la nulidad de un expediente urbanístico, iniciado en 2006, para la construcción de una urbanización de doce viviendas unifamiliares en Poo.

Este litigio de AVALL con el Ayuntamiento de Llanes se basa en los mismos criterios de otros dos iniciados por el colectivo vecinal por obras en Naves y Pancar y ya resueltos, en los que el motivo central de los recursos se centraba en la supuesta nulidad del procedimiento por haber intervenido una arquitecta municipal sin vinculación funcionarial o laboral con el Ayuntamiento.

El juez, como en los dos casos anteriores, ha entendido que la arquitecta intervino a través de un contrato de asistencia técnica que tenía concertado el Ayuntamiento con la empresa Dolmen, S. L. Además, una sentencia judicial anterior declaró la existencia de una relación laboral entre el Ayuntamiento y esa arquitecta y condenó al organismo municipal a pagar 33.652 euros por las cotizaciones no satisfechas a Hacienda y la Seguridad Social durante cuatro años, así como una sanción de 1.250 euros.