Cangas de Onís, Ramón DÍAZ

La Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias ha recibido un nuevo varapalo judicial en torno al matadero comarcal. Es, además, el definitivo: no caben ya recursos contra la decisión de los jueces, que han rechazado la pretensión de las autoridades comarcales de rescindir la adjudicación de la gestión de ese servicio público a la empresa Matadero Frigorífico del Nalón, S. L. Por si esto fuera poco, la mancomunidad tendrá que pagar las costas del juicio, según figura en la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), fechada el pasado 30 de marzo, a la que ha tenido acceso LA NUEVA ESPAÑA. El fallo confirma otro anterior de un Juzgado ovetense y rechaza la apelación presentada por la mancomunidad.

Esta nueva derrota judicial se suma a todas las anteriores que han adornado el conflicto que mantienen, desde 2009, los dirigentes socialistas de la mancomunidad con la adjudicataria del matadero, ubicado en Margolles, en Cangas de Onís. La sentencia ahora emitida por el TSJA tuvo su origen en la decisión de la mancomunidad, el 16 de noviembre de 2009, de rescindir el contrato con Frigorífico del Nalón por «incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales». Esta resolución era consecuencia de otro varapalo judicial similar al de hoy, pues el 25 de septiembre de 2009 el juez ya había rechazado otra resolución exactamente igual que la ahora anulada. También han perdido las autoridades comarcales el juicio abierto por la orden para desalojar de las instalaciones a la adjudicataria.

La relación entre la mancomunidad y Frigorífico del Nalón comenzó en diciembre de 2004, cuando la empresa consiguió la gestión de la instalación. El primer conflicto estalló en enero de 2007. Fue laboral: la empresa despidió a tres empleados alegando cuestiones disciplinarias. Los jueces anularon los despidos y obligaron a la empresa a readmitir a los empleados, asesorados por la Unión General de Trabajadores (UGT). Al final hubo acuerdo con dos de ellos, que siguieron trabajando en el matadero. Pero UGT siguió su cruzada: en noviembre de 2007 exigió inspecciones para evitar la «precariedad laboral y el uso de mano de obra barata» y reclamó la intervención de la mancomunidad. Y ésta intervino.

El organismo comarcal inició varios expedientes para rescindir el contrato de adjudicación. Siempre ha alegado lo mismo: incumplimiento del plan de mejora de las instalaciones, incumplimiento de la obligación de solicitar autorización de vertidos al río Sella y deudas con la Seguridad Social y con Hacienda. Los jueces siempre han dado la razón a la empresa. Cuatro veces. Por un lado, porque la mancomunidad aceptó durante uno de los procesos judiciales los argumentos de la empresa y, según los jueces, nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito; y, por otro, porque en un juicio paralelo que mantienen el ente comarcal y la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, los jueces han dejado claro que si bien los vertidos son responsabilidad de la empresa gestora (Frigorífico del Nalón), la solicitud de los permisos corresponde exclusivamente al titular de la instalación (Mancomunidad del Oriente).