Llanes, Ramón DÍAZ

La Fundación Faustino Sobrino debe pagar 47.798,44 euros, el triple de lo que pretendía, a una de las dos empleadas a las que despidió el año pasado, según figura en una sentencia emitida el pasado día 1 por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) a la que ha tenido acceso LA NUEVA ESPAÑA.

Llueve sobre mojado: la entidad, controlada por el equipo de gobierno socialista de Llanes, ya fue condenada en diciembre a pagar 50.000 euros a otra empleada. Además, la Fundación tiene ahora que pagar las costas del recurso, incluidos 500 euros de los honorarios de los letrados de la trabajadora despedida, del despacho Pérez-Villamil Abogados, de Oviedo.

El tribunal, que ratifica la sentencia dictada en primera instancia, ni siquiera ha tenido que entrar en la discusión de fondo (si el despido obedeció a una represalia) ya que la Fundación incurrió en lo que en derecho se denomina un «error inexcusable», al haber calculado mal la indemnización que le correspondía a la trabajadora: la Faustino Sobrino pretendía dar carpetazo al despido con una indemnización 15.780,07 euros.

La Fundación, alegando causas económicas, despidió a tres trabajadoras, dos de las cuales, con más de veinte años de antigüedad, presentaron recurso. La Fundación pretendía indemnizar a las trabajadoras con 20 días por año trabajado, pero el TSJA ha dictaminado que deberá pagar 45 días por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012, y a razón de 33 euros por año de servicio desde ese día hasta el momento de su despido, el 15 de mayo del año pasado.

El error de cálculo de la Fundación, idéntico al observado en el caso de la otra trabajadora, ha provocado que el despido pase de ser «por causas objetivas» a «improcedente».

Esta sentencia sólo puede ser recurrida en casación para unificación de doctrina, pero para ello la Fundación debería encontrar otra sentencia de un caso idéntico en el que se hubiera emitido un fallo distinto, algo prácticamente imposible. La Fundación optó en su día por la indemnización, descartando la readmisión de las trabajadoras despedidas de forma improcedente. Con esta última sentencia son ya 100.000 los euros que debe pagar la Fundación a sus ex trabajadoras.