La gestión de la tuberculosis bovina provoca en la comarca ríos de tina que también discurren por los tribunales. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Oviedo acaba de reconocer el derecho de los colungueses Gaspar Luis Costales Peláez y Ana María Joglar Rodríguez "a ser indemnizados por el sacrificio de tres cabezas de ganado vacuno" en los términos establecidos en un real decreto que regula estas compensaciones en toda España. Claro que, según explicó una portavoz del Gobierno del Principado, esta indemnización ya fue abonada a los ganaderos colungueses hace tres años, al igual que se hace con todos los profesionales cuyas reses se sacrifican una vez realizados los controles veterinarios.

Los demandantes pedían 10.500 euros por el sacrificio de tres animales por un supuesto contagio de tuberculina que, sostienen, no fue tal, como demostró un análisis posterior. La decisión de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales trajo, según afirman, "un perjuicio añadido" en sus explotaciones ganaderas, inmovilizadas durante toda una campaña, como la sentencia extrae de su argumentación. Costales y Joglar recurrieron la decisión del Principado de desestimar su reclamación de responsabilidad patrimonial y el juez cree que "procede la estimación del recurso, reconociendo el derecho de los recurrentes a la indemnización correspondiente por los tres animales de sus ganaderías, fijando el importe" de la misma "conforme a los baremos contenidos" en el citado decreto y "con el resultado cuantitativo que se determine en ejecución de sentencia".

Las fuentes del Ejecutivo señalan que "las únicas referencias" que contiene la sentencia a la cifra de 10.500 euros lo son para citar la "cuantía de este recurso" o la cantidad reclamada, pues "la sentencia no estima las pretensiones de los recurrentes más que 'parcialmente'". Por otra parte, el juez descarta que la indemnización corresponda porque los resultados de los análisis postmortem hayan dado resultado negativo en la prueba diagnóstica, sino que la indemnización procede "ex lege"; esto es, por obligación legal. El juez considera, además, que "no procede indemnización alguna por daños morales al no concurrir culpa de la Administración".

Costales lleva tiempo reivindicando una gestión de la tuberculina más justa por parte de la Consejería de Desarrollo Rural y critica que se realicen pruebas analíticas una vez muertas las vacas en lugar de cuando están vivas y se pueden salvar.

El ganadero colungués explicó que no denunció porque no le hubiesen pagado las vacas, "sino por desacuerdo con el procedimiento y los falsos positivos". Se remitió, además, a la ejecución de sentencia y añadió: "el juez dirá lo que tienen que pagar, fijará la cuantía verdadera". El ganadero incidió en que lo que él no quería era sacrificar los animales "a ningún precio", pretendía que se conservaran vivos.