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Un informe jurídico cree "acreditado" que la iglesia de Bedón es propiedad del Estado

El expediente sobre la titularidad del templo, del siglo XIII y abandonado, está plagado de "errores" e "incongruencias", según José Luis Villaverde

José Luis Villaverde. F. RODRÍGUEZ

"Hay base suficiente para considerar acreditado que la titularidad de la iglesia de San Antolín de Bedón le corresponde al Estado por haber sido incautada a la orden de los Benedictinos en el proceso desamortizador", como demuestra que, "en calidad de propietario", anunciara su subasta en el boletín "Crédito Público", el 14 de junio de 1822. Es la primera y principal conclusión a la que ha llegado José Luis Villaverde Amieva, licenciado en Derecho, funcionario del Cuerpo Superior de Administradores (rama jurídica) y exdirector del área de Fomento de la Delegación del Gobierno en Asturias, en un detallado informe sobre la situación del templo llanisco, del siglo XIII, único resto de un antiguo monasterio cisterciense, y declarado monumento nacional en 1931 y bien de interés cultural (BIC) en 1985, pese a lo cual se encuentra en estado de abandono, debido a que el Estado se niega a asumir su titularidad.

Villaverde, uno de los mejores conocedores de los aspectos jurídicos que rodean a la iglesia de Bedón, concluye que el expediente de investigación protagonizado por el Estado para determinar su titularidad está plagado de "errores" e "incongruencias". De hecho, concluye que el expediente se cerró "en falso", y que la resolución definitiva por la que se rechazó que la iglesia fuera propiedad del Estado "no se ajusta a derecho"; entre otras razones, porque su parte dispositiva es "incongruente" y el hecho de fundamentar la decisión en la doctrina de actos propios (el Estado ya había rechazado anteriormente la titularidad) fue "inadecuada".

Villaverde detalla en su informe los avatares que rodearon a la iglesia, desde que fuera desamortizada por el Estado, en 1820, hasta la actualidad. El autor del informe considera "clave" que la Administración central no haya tenido en cuenta en el expediente de investigación un documento rescatado del olvido en la revista "Bedoniana" y "determinante para atribuir la titularidad al Estado": la publicación, el 14 de junio de 1822, en el boletín "Crédito Público" (que entonces hacía las veces de lo que hoy es el "Boletín Oficial del Estado") de la subasta de las antiguas propiedades de la Iglesia en San Antolín de Bedón, incluida la iglesia. Esto demuestra, subraya Villaverde, que el Estado "era entonces el propietario" del templo.

Finalmente el Estado subastó todas la propiedades de San Antolín, excepto la iglesia, porque la Comisión de Monumentos de Asturias, a última hora, exigió excluirla de la venta por su importancia patrimonial. Así lo corrobora el último documento registral, fechado en 1870 y referido a la compra realizada por José Pesquera, en el que se señala que este es dueño de la finca de Bedón (Beón en su acepción tradicional), "sin más propiedad ajena que la mencionada iglesia, que corresponde al Estado como exceptuada de la venta". Pesquera es antepasado de varios de los actuales propietarios de la finca que circunda la iglesia.

Villaverde considera una "flagrante irregularidad" que el Estado no se haya pronunciado sobre el templo como "bien vacante" (si la iglesia no fuera del Estado, no sería de nadie, luego sería un bien vacante, cuya titularidad, por ley, corresponde al Estado), como había solicitado en su día la Abogacía del Estado en Asturias. El Estado hizo caso omiso, realizó un "copia y pega" del expediente anterior, de 1998, cuando aún no se conocía la publicación en el "Crédito Público", y cerró "en falso" el expediente.

Según Villaverde, procedería por todo ello solicitar que se abra de nuevo el expediente. A su juicio no existe "impedimento para ello". "Este es el camino", señala en el informe, y que la Dirección General de Patrimonio del Estado examine adecuadamente los documentos en él contenidos, y haga un pronunciamiento conforme a derecho o alternativamente asuma la titularidad de la iglesia como bien vacante, por no tener titular. Se cerraría este asunto pendiente desde casi dos siglos para personas particulares y para las administraciones públicas", añade.

Villaverde cree que esta alternativa favorecería a los propietarios del coto circundante, "que no pueden inmatricularlo (el templo) por no ser suyo, al no haber sido titulares las personas de quien lo heredaron o a quien lo compraron, ni tener el justo título ni la buena fe necesaria para reclamarlo por prescripción". También beneficiaría al Ayuntamiento de Llanes, "que dejaría de dar pasos en falso", como instar al Principado "a que haga lo que debe hacer el Estado". Asimismo favorecería al Principado, "que vería culminada la protección de un BIC que se encuentra en su territorio y que desea se le transfiera -si el Estado no lo quiere- en adecuado estado de revista, restaurado y legalizado su dominio". Y, finalmente, beneficiaría a la ciudadanía, "que tiene derecho a ver resuelto este problema y a no ver herida la vista ni la sensibilidad ante el estado de abandono" al se ve sometido el monumento por parte de "los poderes públicos, en este caso el Estado".

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