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Denuncian que el plan director de Parques supone un desprecio a la propiedad privada

La nueva norma es "absolutamente intervencionista y expropiatoria de derechos", dice Pilar Martínez, abogada especializada en medio ambiente

Pilar Martínez.

"Quien haya pensado que la nueva norma (el plan director de la Red de Parques Nacionales) podría nacer para racionalizar y acotar las locuras a las que se ha llegado desde posturas ultraconservadoras de la naturaleza estaba equivocado. Estamos ante mucho más, y peor, de lo que ya conocemos". Quien así se ha manifestado es la abogada Pilar Martínez, cabeza visible del bufete madrileño que lleva su nombre, especializado en medio ambiente y urbanismo. La letrada, nacida en Asturias y residente en la capital de España, sostiene que la nueva norma supone un "claro desprecio a la propiedad privada" y a otros derechos fundamentales. Y aconseja a quienes se sientan perjudicados que esperen a que se aprueben los planes de uso y gestión de los diferentes parques nacionales para plantear sus demandas ante los tribunales.

Pilar Martínez elaboró un informe sobre el nuevo plan director, al que ha tenido acceso LA NUEVA ESPAÑA, a instancias de algunos afectados, entre los que se cuentan propietarios de terrenos enclavados dentro de los parques nacionales. La abogada destaca la "ambigüedad" del texto, la "vulneración generalizada de derechos fundamentales" y la ausencia de "memoria económica para compensar e indemnizar a los propietarios de terrenos afectados por las serias limitaciones y restricciones impuestas por la nueva normativa".

El plan director, aprobado en octubre, fija las directrices que han de contener los planes de uso y gestión de los parques nacionales. Por ello, determina las limitaciones, restricciones y prohibiciones que se impondrán, así como las delimitaciones y la zonificación de esos espacios protegidos. La abogada esperaba que el plan director respondiera y solucionara alguna de las peticiones y preocupaciones de los titulares de bienes y derechos afectados en los parques. Ello porque, hasta ahora, afirma que se han registrado "vulneraciones generalizadas de derechos fundamentales, como a la igualdad, a la seguridad jurídica o a la defensa", y también de otros, "como a la propiedad privada y la función social que ésta debe cumplir, a la libertad de empresa o a ser resarcidos por la privación de bienes y derechos". Lejos de dar soluciones, "lamentablemente", el plan director es "un instrumento duro y exigente en lo que a restricciones y limitaciones de bienes y derechos particulares se refiere", dice.

La abogada asturiana echa de menos partidas presupuestarias específicas para afrontar "las necesarias indemnizaciones y compensaciones, por las limitaciones y restricción de derechos y bienes patrimoniales legítimos y previamente consolidados", tal y como señala la jurisprudencia.

El plan director, a juicio de Pilar Martínez, es una norma "absolutamente intervencionista y expropiadora de derechos privados". Aunque, como esas supuestas vulneraciones y daños se concretarán "en el momento de la aprobación de los planes de uso y gestión, será entonces "el momento adecuado para demandar ante los tribunales y defender tales derechos".

Según Martínez, "el examen de las directrices que establece (el plan director) deja perplejo al más pesimista, pues su contenido supone el más claro desprecio al derecho de propiedad privada y el poco o nulo compromiso con el desarrollo socioeconómico y la protección de los intereses patrimoniales individuales afectados", dado que a menudo los parques nacionales se declaran sobre terrenos de propiedad privada. En el caso de los Picos de Europa el porcentaje de terrenos privados está muy por encima de la media de la Red de Parques.

La abogada cuestiona asimismo aspectos como la zonificación de los parques; que la Administración tenga derechos de tanteo y retracto en cualquier transacción que afecte a fincas del parque; la imposición de "no intervención" y la prohibición casi absoluta de acceso a las fincas privadas ubicadas dentro de las zonas "de reserva"; la adquisición (forzosa, si no hay acuerdo) de los bienes y derechos para cumplir los objetivos del plan director; la prohibición de todo tipo de aprovechamientos; la limitación de la recolección a fines científicos; o la prohibición de apertura de pistas y caminos e instalaciones.

"En zona restringida, se contempla el acceso público solo con autorización; el acceso autorizado, solo para salvamento, gestión o por tiempo definido; la limitación para instalación de señales y barreras; prohibición de nuevas instalaciones permanentes, permitiéndose solo la conservación de lo ya existente, sin cambio de uso, ni incremento de volumen; la prohibición de nuevas carreteras o caminos para vehículos", detalla la abogada. En zona de uso moderado, en cambio, sí cabe el uso agropecuario y el aprovechamiento tradicional, pero "siempre que no resulten contradictorios con criterios de conservación". El acceso con vehículo y artefactos mecánicos, fuera de los caminos, está prohibido.

La conclusión de Martínez es clara: "La tónica es la misma: principio de no intervención en la naturaleza; prioridad de la conservación, análisis y evaluación de incidencia ambiental o preferencia para incorporación de estos terrenos al patrimonio público". Del mismo modo, la proclamación como principio de la "mínima interferencia hacia los procesos naturales"; la "prohibición de extracciones nuevas, hidrocarburos áridos, canteras o aprovechamientos hidroeléctricos"; la "posibilidad de clasificación de actividades tradicionales en compatibles o incompatibles", y la "incompatibilidad de la caza, pesca, actividades recreativas y aprovechamiento de animales silvestres" son cuestiones incluidas en el plan director que la abogada cuestiona. Frente a ello, destaca las frases vacías sobre posibles compensaciones y ayudas.

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