El equipo de gobierno de Caravia, con mayoría absoluta del PP, acaba de modificar el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como plusvalía, para los casos en que se herede una vivienda habitual.

Las bonificaciones van del 95 al 25 por ciento en función del valor del suelo y podrán beneficiarse las transmisiones de inmuebles referidos a la vivienda habitual, realizadas a título lucrativo por causa de muerte, a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes del fallecido, así como la pareja de hecho.

Cuando el valor catastral del suelo sea igual o inferior a 35.000 euros la bonificación será del 95 por ciento; si el valor es de hasta 45.000 euros del 85 por ciento; hasta 65.000 del 75 por ciento; hasta 85.000 euros del 50 por ciento, y más de esta cantidad del 25 por ciento. La alcaldesa del municipio, Salomé Samartino (PP), destacó que el concejo ya tenía un tipo impositivo "de los más bajos" y remarcó la medida como "importante. Tomamos conciencia de lo gravoso que es heredar y desde la parte municipal quisimos intentar poner algo de remedio", expuso la regidora, antes de dibujar el escenario de una "familia normal y trabajadora" en la que fallece un miembro y tiene que hacer frente a los impuestos, tanto municipales como regionales. Es precisamente el partido de la alcaldesa de Caravia, el PP, el que ha abanderado la supresión del impuesto de sucesiones para los herederos directos. Las bonificaciones de la plusvalía en el concejo de Caravia, que se harán efectivas a partir del 1 de enero, ya estaban incluidas en el proyecto de presupuestos del concejo para el próximo ejercicio. Samartino indicó que la cantidad que el municipio dejará de recaudar con esta medida se verá compensada con el "aumento del ingreso por licencias".

El Ayuntamiento de Caravia considerará vivienda habitual de la persona fallecida aquella en la que haya residido durante al menos tres años de forma continuada. Por otra parte, equipararán el matrimonio a la pareja de hecho legalmente inscrita o empadronada como unidad familiar y pedirán dos cosas a los herederos para acogerse a la bonificación: probar la convivencia con la persona fallecida durante dos años y mantener el inmueble recibido como vivienda habitual durante los dos años siguientes.