La modificación de la relación de puestos de trabajo (RPT) aprobada por el equipo de gobierno cuatripartito de Llanes fue legal, según la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que ha desestimado el recurso interpuesto por la Unión General de Trabajadores (UGT) a un fallo similar emitida por un juzgado ovetense. La sentencia, que aún puede recurrirse en casación al Tribunal Supremo, condena en costas al sindicato socialista, desestima todas las alegaciones que había presentado y confirma que el Ayuntamiento actuó conforme a la ley al modificar la plantilla municipal.

El TSJA considera que sí hubo varios intentos de "negociación formal", al contrario de lo que defiende UGT. El tribunal considera que las actas levantadas de las reuniones que mantuvieron representantes del sindicato y del Ayuntamiento demuestran que si existió "un verdadero proceso de negociación". Asimismo, el tribunal considera que hubo "negociación colectiva", algo que UGT también niega, pues, pese a la "falta e diálogo" entre las partes, constan varios "intentos de negociación formal de RPT".

El TSJA destaca que fue la propia UGT la que criticó en su día, como reflejan las actas, la presencia en la negociación de otros representantes sindicales y la ausencia de "los trabajadores y jefes de servicio, que son quienes mejor conocen el funcionamiento del Ayuntamiento". Todo ello demuestra que sí hubo negociación, sentencia el tribunal. La jueza subraya que es potestad del Ayuntamiento modificar la RPT, pues la Administración tiene competencias para "autoorganizarse en materia de personal".

La sentencia subraya que los supuestos incumplimientos cometidos por el equipo de gobierno "no pueden acogerse". UGT pagará las costas, con un límite de 600 euros, más IVA.