Blindados. Los cuatro monumentos naturales de la costa de Llanes -las playas de Gulpiyuri y Cobijeru y los bufones de Arenillas y Santiuste- permanecerán libres de chiringuitos. Tampoco los habrá en el entorno de los bufones de Llames de Pría. La nueva ordenanza municipal reguladora de la concesión de permisos para bares de temporada y aparcamientos, que entra hoy en vigor, fue impulsada por la concejala de Urbanismo, Marián García de la Llana (Foro), con la idea de "acabar con el descontrol" reinante en la costa llanisca y la intención de "preservar las principales joyas" del litoral del concejo, donde proliferaban tanto los chiringuitos como los estacionamientos veraniegos, señaló.

La normativa reconoce los 18 bares de temporada ya existentes en la costa llanisca, y recoge que solo se autorizarán otros nuevos si se demuestra su "necesidad", previa "solicitud motivada del interesado". La ordenanza había sido aprobada provisionalmente por el pleno municipal el 21 de junio pasado. La publicación en el "Boletín Oficial del Principado de Asturias" (BOPA), ayer, supone su aprobación definitiva y su entrada en vigor, hoy. No obstante, aún pueden presentarse recursos ante el pleno de la Corporación o ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) antes de un mes.

La ordenanza reconoce la existencia de bares de temporada en Buelna, Andrín, Ballota, Antilles, Puertu Chicu, El Sablón, Celoriu, Borizu (2), Barru, Toranda, Torimbia, San Antolín o Beón (3), La Güelga, Cuevas del Mar y Guadamía o Aguadamía.

La norma prohibe almacenar en el exterior de los establecimientos objetos que "menoscaben la estética visual" y obliga a que todas las conducciones de servicios (luz, agua...) sean subterráneas. El sistema de saneamiento debe garantizar la "eficaz eliminación de las aguas residuales" y la "ausencia de malos olores". Antes del inicio de la actividad, el titular debe aportar un seguro de responsabilidad civil, el alta en el IAE del negocio y en la Seguridad Social del personal empleado, y certificado de estar al corriente en el pago de las tasas municipales.

En cuanto a la apertura de aparcamientos de temporada, deberán de tramitarse en el Ayuntamiento las licencias de uso de aquellos ubicados en suelo urbano no afectado por la normativa de Costas. El resto deberá ser tramitado ante el organismo competente (Principado y/o Costas), pero una vez otorgada la autorización sectorial, los promotores tendrán diez días para solicitar la licencia municipal de uso.