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La jueza ordena reanudar la demolición del Kaype y eliminar todas las zonas ampliadas

El derribo ejecutado incumple el fallo judicial al no haberse retirado muros perimetrales, la losa del garaje y otros elementos de nueva construcción

La demolición del hotel Kaype, en Barru (Llanes) no ha acabado: debe continuar. Lo derribado hasta ahora no es suficiente, al no ser acorde con lo ordenado en la sentencia de demolición. Hay que eliminar todos los muros perimetrales, la losa del garaje y las zonas ampliadas. Así lo ha determinado la jueza Pilar Martínez Ceyanes, titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Oviedo, a través de un auto al que ha tenido acceso LA NUEVA ESPAÑA.

El auto tiene su origen en un escrito presentado por el vecino que litigó en el "caso Kaype", que alegó que la demolición ejecutada en los últimos meses incumplía la sentencia judicial, al haberse mantenido varios elementos de nueva construcción: muros perimetrales, losa del garaje y zonas ampliadas.

La jueza admite que ha habido demolición, como señalan los informes del inspector de Obras, el certificado final de los trabajos y las fotografías aportadas por las partes en litigio. Pero destaca que los informes emitidos por varios arquitectos reconocen que el mantenimiento de los muros, la losa y las zonas ampliadas implica que la sentencia de derribo no ha sido cumplida en su totalidad.

La jueza Martínez Ceyanes explica el porqué de su decisión: ni el Ayuntamiento, personado en la causa, ni la promotora de la obra presentaron incidente alguno para demostrar la "imperiosa necesidad" de mantener los muros, la losa y las ampliaciones. Y ello a pesar de que el denunciante había advertido, ya desde hace más de un año, que mantener esos elementos suponía incumplir la sentencia de demolición. Es por ello que la jueza ovetense concluye que no cabe "sino ordenar su eliminación o derribo".

Pero la magistrada explica más: los representantes legales de la propiedad en vez de demostrar la necesidad de mantener esos elementos para evitar daños en el edificio se limitaron a acusar al denunciante de no haber realizado "esfuerzo argumental alguno por justificar los perjuicios que se derivarían para el interés público por la conservación de tales elementos". La juez es meridianamente clara: lo que deberían haber hecho los representantes legales de la promotora, o en su caso el Ayuntamiento de Llanes, es "instar las actuaciones necesarias" para que -una vez admitido que la demolición no se refiere a la totalidad de los elementos constructivos ejecutados- se hubiera autorizado la variación del proyecto, justificando que la demolición de los muros, la losa y las zonas ampliadas podría comportar "un grave riesgo para la seguridad estructural del edificio". No lo hicieron, por lo que la jueza destaca que debe rechazar el criterio del arquitecto autor del proyecto, que propuso mantener esos elementos; entre otras razones, porque al no haberse presentado el incidente, el denunciante no tenido posibilidad de presentar pruebas en contra de ese criterio.

Todo ello lleva a la jueza a señalar que el respeto a la ejecución de las sentencias judiciales obliga a demoler o retirar "todos los elementos amparados por la licencia anulada, y en particular los muros perimetrales, la losa del garaje y las zonas ampliadas".

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