El primer día del año 2018 se pondrán en marcha las medidas incluidas en la ley de Autónomos, que entró en vigencia a finales de octubre pero a pesar de ello aún hay puntos que no están vigentes.

Entre las medidas, que facilitarán la vida a los autónomos, se encuentran diversas bonificaciones a la cuota de la Seguridad Social, cambios y flexibilización en el sistema de cotización, reducción del recargo por retraso y cambios en las deducciones fiscales aplicables, así como ayudas para la conciliación familiar y laboral.

El asesoramiento de expertos en el tema permitirá a los trabajadores beneficiarse de las nuevas medidas y mejorar su día a día como trabajador autónomo.

Una de las principales cuestiones que plantea la nueva ley es la modificación del sistema de altas y bajas en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA). De tal forma que la cuota correspondiente al mes de inicio de la actividad (alta) y la del cese de la actividad (baja) se determinarán por la fracción del mes de inicio o cese de actividad, pero sólo hasta tres altas o bajas en el año natural.

En cuanto a las bajas desde la notificación del cese de la actividad, la normativa propone la reducción del porcentaje de recargo, aplicable en caso de falta de ingreso de las cuotas en plazo reglamentario. La reducción de las cargas administrativas es otra novedad. Hay que destacar el derecho al reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones superen la cuantía que se establezca a tal efecto por la ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio; con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en este régimen especial, en razón de su cotización por las contingencias comunes de cobertura obligatoria.

En caso de pluriactividad se restringe de oficio por TGSS las cuotas en el RETA (50% del exceso de las cotizaciones con el límite del 50% de las cuotas del RETA). La ampliación de la tarifa plana de 50 euros al mes pasa de 6 a 12 meses para los nuevos autónomos. Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses. De los 6 meses siguientes al fin de la tarifa plana a los 12 meses siguientes se bonifica en un 50% y los últimos 6 meses el 30%. La reducción de 5 a 2 años el periodo exigible de para no darse de alta en el RETA es otra de las novedades. Es decir, que pasados tres años de haber sido autónomo se puede volver a serlo y optar por esta tarifa plana de 50 euros.

Con el objetivo de fomentar la conciliación de la vida familiar, la nueva ley amplía de 7 a 12 años la edad de los menores por cuyo cuidado tiene derecho a la bonificación del 100% cuota durante 12 meses.

Además, se desvincula la bonificación del 100% de la cuota de autónomos para trabajadores en situación de maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. Habrá una nueva bonificación para las autónomas que se incorporen al trabajo en los dos años siguientes al cese por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela.

Los autónomos que trabajan desde su casa cuentan con gastos fiscales deducibles en el IRPF, entre los que aparece la deducción de primas de seguro de enfermedad, gastos de suministros de agua, gas, electricidad, telefonía e internet de la vivienda afectada parcialmente a la actividad económica. Se contempla también la posibilidad de desgravar los gastos de alojamiento y dietas pagados con medios electrónicos, hasta 26,67 euros diarios. Se bonifica la contratación por el autónomo de trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes.

A partir del próximo año será obligatoria la domiciliación del pago de cuotas de la Seguridad Social. Otra de las medidas es la ampliación del porcentaje para jubilación activa del 50% al 100% si la actividad se realiza por cuenta propia y se acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena. La modificación de la base reguladora de las prestaciones por maternidad y paternidad, para mejorar la proporcionalidad de las mismas, será la media de los seis meses anteriores al hecho causante. Se amplían los supuestos de encuadramiento como trabajadores por cuenta ajena del trabajador autónomo de sus hijos, convivan a no con ellos, a los casos de menores de 30 años con discapacidad física o sensorial en grado mayor o igual al 33% y menor del 65% cuando causen alta por primera vez.

La modificación de las bonificaciones por altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos se amplía a la pareja de hecho y se suprime el impedimento de que el incentivo no podía ser de aplicación a los familiares colaboradores que con anterioridad se hubieran beneficiado de esta medida.

En el sector bancario, se cambia el perfil del cliente, buscando dar mayor seguridad al cliente en la compra de productos financieros por aplicación de las directivas europeas. Lo notaremos, por ejemplo, al poner nuestro dinero en un fondo de inversión. Después de unos años tranquilos, el año 2018 será un año con importantes reformas en materia tributaria.