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La futura ordenación del concejo, a debate

La Talá, donde se iban a construir 512 chalés, figura como "prao" en el futuro Plan de Llanes

El documento no aclara el futuro de un área ya urbanizada, que el "banco malo" vende como rústica, tras recibirla de Liberbank

La Talá, donde se iban a construir 512 chalés, figura como "prao" en el futuro Plan de Llanes

La Talá pasó de ser la "joya" del plan urbanístico de Llanes de 1992 a convertirse en un desecho urbanístico en manos de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), más conocida como "banco malo". Las 22,21 hectáreas de La Talá, donde se habían proyectado 512 viviendas y un área comercial, se vende ahora como suelo rústico, como "prao". Sin precio de salida. Al mejor postor. Pero, ¿qué futuro depara a La Talá el futuro Plan General de Ordenación (PGO)? Los planos del documento de prioridades la excluyen del suelo urbano de la villa y la dibujan como suelo no urbanizable, en sintonía con el informe emitido por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) en enero de 2016 sobre la situación legal de los terrenos. La literatura del documento de prioridades no aclara mucho más: resalta su singularidad, centrada en que los jueces no solo anularon el planeamiento que la recalificó, sino su plan parcial. Pero no avanza qué se hará con ese paraje, que Liberbank adquirió en 2008 por 47,56 millones y, acuciado por la crisis, tuvo que entregar a la Sareb en 2013 por "solo" 17,52 millones.

La legislación vigente no deja mucho margen de actuación a los redactores del futuro PGO. El artículo 110 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo (TROTU) deja meridianamente claro que los núcleos urbanos situados a menos de 500 metros de la costa, como el de Llanes, solo pueden crecer "en dirección contraria a la ribera del mar". Esta normativa, unida al hecho de que todos los planeamientos urbanísticos que recalificaron La Talá fueron anulados por los tribunales, conduce a que ese paraje, en teoría, no podrá ser clasificado como urbanizable. Salvo, como señala el TROTU, que el Consejo de Gobierno del Principado "lo autorice expresamente, por la especial configuración de la zona costera o por motivos justificados de interés público".

El documento de prioridades deja en el "limbo" a La Talá, porque si situación es "diferente" a la del resto de los suelos clasificados como urbanizables en los anteriores planeamientos municipales. El plan parcial de La Talá fue aprobado antes de la anulación del Plan de 2002, e incluso se procedió a la urbanización de la zona, que quedó paralizada cuando presentaba ya un estado avanzado de ejecución. Pero ese plan parcial, a diferencia de los de otras bolsas de suelo urbanizable, sí fue objeto de recurso específico y expresamente anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) el 30 de abril de 2010, mediante una sentencia ratificada por el Tribunal Supremo el 15 de octubre de 2013. Así, a todos los efectos, La Talá "carece de instrumento de planeamiento de detalle". La literatura parece dejar abierta la puerta a que el futuro PGO abra la puerta a un nuevo plan parcial, pero esa posibilidad, según varios expertos consultados por este periódico, auguraría nuevos frentes judiciales, por las indicaciones ya citadas del TROTU.

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