P. G.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de Oviedo al pago de un total de 36.775,28 euros ante las molestias causadas a dos vecinos del entorno del antiguo Colegio Hispania. La pérdida de vistas desde sus viviendas tras la construcción de varios edificios en el antiguo patio del colegio (sede actual del Colegio Oficial de Arquitectos de Asturias) fue lo que empujó a estos residentes a acudir a los tribunales, de los que uno se embolsará 19.878,51 euros y otro 16.896,77.

En primera instancia, el Juzgado de lo contencioso-administrativo número cuatro de Oviedo rechazó la demanda vecinal a finales de septiembre del año pasado. Los vecinos no desistieron en su empeño y acudieron al Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Ahora el TSJA ha dado la razón a los vecinos y ha señalado como culpable de la situación al Ayuntamiento de Oviedo, «al permitir levantar los dos edificios con una distancia de luces rectas inferior en más de la mitad de lo que legalmente es exigible», lo que para el alto tribunal «evidencia una actuación municipal fuera de todo funcionamiento normal en el desarrollo de sus potestades de policía urbanística».

La ley obliga a que exista una distancia mínima de tres metros entre edificios, lo que según denuncian los vecinos, a los que ahora respalda el TSJA, no existe en este caso. Basándose en la sentencia que fue apelada, el auto del TSJA insiste en la falta de control del Ayuntamiento en este proyecto urbanístico, que llevó a la recalificación de los terrenos que ocupaba el patio del antiguo colegio para financiar la rehabilitación del histórico edificio. El texto de la sentencia asegura «la existencia de relación causal entre la falta de control urbanístico municipal en ese preciso punto y el daño sufrido por los recurrentes (en referencia los vecinos afectados)». En esta línea el auto deja libre de culpa a las empresas ejecutoras y promotoras de las obras que dejaron sin vistas a los vecinos de edificios colindantes, ya que la responsabilidad de las constructoras «no fue declarada por el Ayuntamiento», además de recordar que «no es el consumidor el que debe velar en general por la legalidad urbanística».

Roberto Sánchez Ramos, portazo de ASCIZ, teme que esta sentencia «venga seguida de muchas más porque conocemos muchos más casos en esta y otras zonas muy similares». Sánchez Ramos tiene claro que esta sentencia «es consecuencia de una recalificación urbanística salvaje».