David ORIHUELA
El Juzgado de lo penal número 3 de Oviedo ha absuelto de un delito contra la seguridad del tráfico y un delito de lesiones por imprudencia grave al joven I. G. R. A., que tras un accidente ocurrido la madrugada del 28 de diciembre de 2006 arrojó una tasa del alcohol en sangre de 2,26 cuando lo máximo permitido por el Código de Circulación es 0,25 en aire expirado y 0,5 en los análisis de sangre. En el accidente resultaron heridos de gravedad dos de los acompañantes del conductor. Una joven denunció al chico y otro no. Otro chaval resultó herido leve.
El accidente tuvo lugar a las tres y media de la madrugada cuando el joven perdió el control de su vehículo al bajar por la calle Marqués de Santa Cruz y acabó empotrado contra la marquesina de autobús del lateral del Campo San Francisco más cercana al Escorialín.
La familia de la herida grave ha anunciado que recurrirá una sentencia que considera probados estos hechos, pero que explica que en el juicio ha habido testimonios contradictorios y aplica el principio de «in dubio pro reo», la presunción de inocencia, para absolver al joven.
Además en 2006 la conducta delictiva no se identificaba con una determinada tasa alcohólica en el conductor, sino con la conducción del vehículo bajo la influencia del alcohol, es decir, que debía quedar acreditado que el alcohol había mermado las facultades del conductor. La juez admite que según los estudios forenses una tasa superior a 1,5 gramos de alcohol en sangre afecta a la conducción y «en este caso la analítica ofreció un resultado ciertamente elevado» pero que «resulta contradicho» por los testimonios de una chica que pasaba por la calle y que al auxiliar al conductor no percibió el olor a alcohol. El ocupante del asiento del copiloto tampoco apreció signo alguno de embriaguez. Uno de los agentes de la Policía que realizó el atestado calificó la halitosis alcohólica del joven de «llamativa», mientras otro dijo que olía «muy poco» a alcohol. Además la chica herida «no se percató de que tuviese síntomas de haber bebido... luego dentro del vehículo iba a lo bestia». El médico del Samu que atendió al conductor afirmó con rotundidad que no se encontraba bajo los efectos del alcohol.
De este modo la juez estima que los testimonios pesan más que las pruebas analíticas, ya que la capacidad para conducir bajo los efectos del alcohol «depende de la tolerancia de cada individuo». En el texto dictado por la juez se estima que tampoco han quedado determinadas las causas por las que el joven perdió el control del vehículo cuando circulaba en sentido descendente por la calle Marqués de Santa Cruz y se empotró contra la marquesina. Los hechos se produjeron a las 3.32 minutos de la madrugada después de que el conductor y sus acompañantes acudiesen a una fiesta en el Club de Tenis.
El acusado justifica la pérdida de control del vehículo «por la presencia sorpresiva en su trayectoria de un vehículo procedente de la calle Cabo Noval, en un cruce regulado por semáforos, que le obliga a realizar una maniobra evasiva».
Afirma la juez que «los hechos declarados probados no son constitutivos de infracción penal alguna», ya que ninguna de las conductas tachadas de «imprudencia grave» han resultado debidamente acreditadas en el juicio.
La velocidad del vehículo sobrepasaba los 50 kilómetros por hora permitidos en ciudad, pero no se puede considerar «velocidad excesiva». En la sentencia se lee además que la ausencia de marcas de frenada no es evidencia de exceso de velocidad, «como así se justificó por los agentes de la Policía Local, al ser justificable en el estado mojado del pavimento o que el vehículo contase con sistema de ABS». Otros dos testigos, el viajero que ocupaba el asiento del copiloto y una chica que pasaba por la calle «niegan una conducción a velocidad excesiva». Así «no consta por tanto acreditación cierta de que el resultado lesivo se cause por vía de actuación imprudente imputable a una velocidad excesiva de la conducción».
Madrugada
Los jóvenes asistieron a una fiesta en el Club de Tenis. Al salir se subieron al coche que conducía I. G. R. A.
El accidente
El joven perdió el control del vehículo en Marqués de Santa Cruz y se empotró contra una marquesina de autobús.
Heridos
Dos de los ocupantes, un chico y una chica, resultaron heridos graves. Otro chico resultó herido leve.
Alcoholemia
En el análisis de sangre efectuado al conductor la prueba arrojó una tasa de alcoholemia de 2,29, cuando lo máximo permitido es 0,5. Uno de los policías dijo que el chico olía mucho a alcohol y otro policía dijo que muy poco. Una testigo dice que no estaba bebido, así como el copiloto y el médico del Samu que atendió al conductor.
Velocidad
Los policías que hicieron el atestado dicen que iba por encima del límite de velocidad permitido, pero no se acredita la velocidad excesiva.
Sentencia
La juez absuelve al conductor al no tener pruebas suficientes.