S. C.

Los ovetenses podrán seguir alimentando a los animales callejeros, como los gatos o las palomas, pero con una serie de condiciones, según consta en los artículos modificados de la ordenanza de convivencia ciudadana, y tras atender el Ayuntamiento las alegaciones presentadas por catorce asociaciones y particulares. De esta manera, desaparece la prohibición expresa a la alimentación en la calle de los animales, que había provocado rechazo en las asociaciones de amantes de los animales, pero esta práctica que realizan numerosos ciudadanos deberá atenerse a una serie de prescripciones.

Así, los alimentos deberán estar específicamente preparados para el animal y deben ser sólidos, deshidratados y que no produzcan olores ni sean susceptibles de ensuciar la calle. A la vez, se deberán retirar los recipientes empleados para transportar y ofrecer la comida, y los lugares donde se suministren los alimentos deberán estar suficientemente alejados para evitar concentraciones o bandadas de animales. El Ayuntamiento también ha aceptado que los alimentos puedan llevar aditamentos para lograr la esterilización y el control de las poblaciones de las especies.

La ordenanza de convivencia ciudadana incluye también un añadido en el que, además de prohibirse el baño de animales en fuentes ornamentales, estanques y espacios públicos, se hace constar que el maltrato será multado. Las sanciones oscilan entre los 10 y los 300 euros, salvo en caso de reincidencia, en el que la multa puede llegar a los 1.500 euros.