Pablo GONZÁLEZ

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado la ilegalidad de la permuta por la que laguna del Torollu, en San Claudio, único humedal del concejo de Oviedo, pasó a ser propiedad pública. El acuerdo fue suscrito entre el Ayuntamiento y la empresa Energía Astur, a cambio de cinco parcelas en el polígono de Olloniego. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA entiende que el acuerdo «ha incumplido todos o parte de los requisitos exigidos para la validez de la permuta».

El alto tribunal anula así la operación realizada entre el Consistorio y la empresa Energía Astur, propiedad de Severino García Vigón, presidente de la Federación Asturiana de Empresarios (FADE), que supuso el paso a manos municipales de dos fincas -«Catalana» y «La Huelgona»- en el entorno de la laguna a cambio de cinco parcelas en el polígono industrial de Olloniego. El problema surgió con las dudas sobre la titularidad de la finca «La Huelgona».

La decisión del TSJA confirma la sentencia dictada el pasado 2 de junio de por el Juzgado número 5 de lo contencioso-administrativo en la que, entre otras cosas, destacaba que la operación «se efectuó prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente previsto». El fallo en primera instancia advertía de que la empresa propietaria no pudo acreditar la superficie de la «La Huelgona», ni que estuviera en el humedal. Dado que el objetivo de la permuta de los terrenos era la adquisición del humedal por parte del Ayuntamiento para su conservación, la operación carecería de sentido. «Resulta imprescindible la identificación de las parcelas en cuya singularidad pretende fundamentar su adquisición y en este caso según los informes municipales las fincas entregadas al Ayuntamiento están sin deslindar», reza en este caso el auto del TSJA.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA hace suyos los argumentos de la sentencia en primera instancia y rechaza los presentados por Energía Astur. Entre ellos destaca, según la empresa, que la sentencia de la juez María Sol Alonso-Buenaposa, del Juzgado de lo contencioso número 5, presenta «falta de motivación con vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva» ya que en su auto se refiere a informes y dictámenes que «resultan dispares y contradictorios». La sentencia es firme y no cabe recurso ante el Supremo. La empresa debe pagar las costas.

La historia de este caso comenzó a escribirse el 27 de febrero de 2007. Aquel día la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Oviedo acordó permutar cinco parcelas de las que el municipio era propietario en el polígono de Olloniego por dos fincas -«La Huelgona» y «Catalana»- que Energía Astur poseía en la laguna del Torollu. La familia Álvarez-Santullano, representada por el abogado Luis Carlos Albo Aguirre, recurrió el acuerdo alegando que aquellas tierras eran suyas. El Ayuntamiento desestimó la petición de la familia y prosiguió con la operación. Entonces los Álvarez-Santullano acudieron a los tribunales. Una primera sentencia, en octubre de 2008, dio la razón a la familia, y obligó a la revisión del oficio de la permuta.

Al ver que este proceso administrativo no avanzaba, la familia volvió a los tribunales. Y el 2 de junio de 2011 llegó la mencionada sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 que anulaba la permuta. Entre medias, el servicio de Gestión de Patrimonio del Ayuntamiento aconsejó anular la permuta. Para ello solicitó un dictamen al Consejo Consultivo. En febrero de 2010 éste apoyo la decisión del Ayuntamiento de anular la permuta. Pero las parcelas ya estaban en manos de Energía Astur. La empresa vendió al menos una de las cinco parcelas a terceras personas por el doble del valor por el que fue tasada en la permuta.