Pablo GONZÁLEZ

Los juzgados de lo contencioso-administrativo de Oviedo (número 1 y 2) han dictado dos sentencias que pueden marcar un punto de inflexión en la política de inmigración en el Principado. Y es que ambos fallos, según la abogada Ana Taboada Coma, «revocan y contradicen» el criterio de la Oficina Única de Extranjería del Principado, dependiente de la Delegación del Gobierno, que venía denegando la residencia por arraigo a los extranjeros contra los que se hubiera dictado una expulsión firme. Taboada entiende que esto supondrá que los extranjeros que cumplan con los requisitos legales podrán obtener una autorización de residencia si demuestran su arraigo en el país.

Estos requisitos son, entre otros, contar con un contrato de trabajo, tres años de permanencia continuada en España y carecer de antecedentes penales. Si la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJA) confirma las sentencias, estos requisitos pesarían más que una orden de expulsión.

Taboada, que es la letrada que ha representado a los inmigrantes que han conseguido las dos sentencias favorables, entiende que la cuestión del arraigo viene recogida en el reglamento de extranjería, pero no se entiende así por la Oficina Única de Extranjería del Principado. «El criterio de la Oficina Única de Extranjería no viene establecido por una orden dada por la Secretaría de Inmigración, dado que en otras comunidades autónomas se conceden residencias legales por arraigo a pesar de tener una resolución de expulsión», afirma Taboada.

Una de las sentencias recoge que «la existencia de una orden de expulsión no ejecutada no determina necesariamente y automáticamente que resulte inviable que le pueda ser concedida una autorización de residencia posterior».

Una ciudadana nigeriana aceptó ayer una pena de 1 año y 9 meses de prisión por falsificar la documentación para lograr la residencia en España y casarse por la iglesia de San Francisco de Asís (la «iglesia redonda»). La mujer, nacida en 1984, presentó un certificado de antecedentes penales y un pasaporte falsos para obtener la autorización de residencia por arraigo social y contraer matrimonio eclesiástico. De igual manera eran falsos otros muchos documentos.