El Juzgado de Instrucción número 2 de Oviedo ha acordado hoy el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias previas que había abierto hace un año a raíz de la denuncia presentada por los trabajadores de la constructora pública Sedes sobre la denominada "Operación de los palacios".

La denuncia se produjo poco antes de que concluyese la comisión constituida en el Ayuntamiento de Oviedo para investigar el contrato con la sociedad Jovellanos XXI para hacer el palacio de congresos y otro, nunca materializado, en la parcela de El Vasco, operación que provocó una segunda denuncia, que está siendo tramitada por el Juzgado de Instrucción número 3 de la capital asturiana.

Este último juzgado acordó el pasado 14 de mayo la apertura de diligencias en torno a la denominada "operación de los Palacios" al apreciar indicios de un delito contra la administración pública de tráfico de influencias, tras una denuncia presentada por IU, que sigue su trámite.

No así, el frente judicial abierto el comité de empresa de Sedes, ya que un auto la titular del Juzgado número 2 ha acordado hoy su archivo por considerar que los hechos objeto de denuncia no han podido ser acreditados.

El comité de SEDES, que en el momento de la denuncia se encontraba inmersa en un expediente de regulación de empleo, había denunciado que esta empresa de capital público se había visto perjudicada al actuar como intermediaria en la compra de varios inmuebles a Jovellanos XXI a los que se trasladaron dos consejerías del Gobierno asturiano por un importe de 60 millones de euros.

Para la parte sindical, dicha operación provocó la despatrimonialización de la sociedad, que el pasado año se vio inmersa en una regulación de empleo para 38 de sus 59 trabajadores, que finalmente, fue desestimado por los tribunales.

En el auto de la juez, se señala que en estas operaciones, todos los acuerdos se hicieron conforme a la legislación existente y sin la oposición del Consejo de administración, a pesar de que un socio llegó en algún momento a plantear reparos.

Asimismo, deja claro que "no se aprecia ilicitud penal alguna", tampoco en los delitos de índole económica que pudieran estar relacionados con los pagos efectuados desde SEDES a Jovellanos XXI porque "fueron efectuados en los términos pactados".

Asimismo, considera que los terrenos y oficinas que fueron permutados entre SEDES y Jovellanos XXI también se cumplieron los trámites y exigencias que plantea la ley, y que tampoco se aprecian irregularidades en las tasaciones que se hicieron.

La juez considera además que en estas actuaciones no concurren tampoco elementos suficientes como para determinar delitos contra la administración pública derivados de la conducta de quienes de una u otra manera emitieron informes o aprobaron resoluciones.

Sí que mantiene que, si se hubiese dado algún tipo de irregularidad en la adquisición de los terrenos del denominado "Edificio Calatrava", y en su posterior adquisición y permuta, "deberían, en su caso, de haberse dirimido ante los órganos pertinentes y por los cauces oportunos, y no por la jurisdicción penal".