"A Alfonso Suárez le preguntaron una vez por qué creó el Senado. Respondió que si no, dónde iba a meter a tanta gente". Ramón Punset, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, arrancó ayer al público del Club Prensa Asturiana de LA NUEVA ESPAÑA una carcajada con esta frase durante su intervención en un tema tan actual y complejo como el proceso de investidura del presidente del Gobierno. Analizó de forma didáctica la legislación que lo regula y expresó su convencimiento de que la Cámara Alta de las Cortes Generales "es un convidado de piedra en el nombramiento del Gobierno". Además y al igual que su compañero de mesa, el también catedrático de Derecho Constitucional, Ignacio Villaverde, garantizó que "el Gobierno en funciones está limitado, pero no paralizado. Es activo".

Leopoldo Tolivar Alas, catedrático de Derecho Administrativo y presidente de la Academia Asturiana de Jurisprudencia, moderó el acto, titulado "Del 20-D a la investidura: perplejidades jurídicas", y afirmó que "en España siempre ha habido mayorías holgadas que permitían gobernar o pactar con otra formación, pero ahora el bipartidismo clásico ha acabado y surgen nuevos retos".

Para Villaverde, la ley -en concreto el artículo 99 de la Constitución- deja mucha lagunas sobre cómo debe ser el proceso de investidura "en una situación tan excepcional como ésta", pero cree que "se han ido llenado con usos y costumbres constitucionales" y que "ante la delicadeza del trámite, es necesario dejar un margen a la política". Así, el artículo 99 establece: "Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso".

Punset explicó que el Gobierno en funciones comienza cuando cierran los colegios electorales, y que pese a que debe limitarse a "asuntos ordinarios de la función pública", puede tomar decisiones en caso de urgencia. Por ejemplo, dictar el estado de alarma. Sin embargo, no tiene potestad para aprobar el proyecto de Presupuestos Generales del Estado.

Los dos catedráticos, que también fueron letrados del Tribunal Constitucional, coincidieron en que la falta de acuerdo de las formaciones políticas "es algo insólito en este país", aunque no a nivel internacional.

Ambos matizaron las funciones del Rey, que tiene como objetivo buscar consensos "de la manera más cautelosa posible" y que "en ningún caso debe presentar un candidato propio, ni encargarle a alguien formar Gobierno. "Felipe VI no le ha encargado a Pedro Sánchez formar Gobierno. Se lo ha propuesto. La diferencia es importante", comentó Punset, para quien "no tiene mucho sentido que el Rey proponga un candidato y éste se tome un mes para dar una respuesta".

El público participó en la charla al final de las ponencias de los dos catedráticos planteándoles sus dudas sobre el proceso de investidura.