El ovetense de 23 años acusado de distribuir pornografía infantil a través de internet, A.L.L., no ingresará en la cárcel. La defensa del joven alcanzó ayer, tras reconocer los hechos, un acuerdo con el Ministerio Fiscal que implica una condena de dos años de prisión. Además, deberá participar en un programa de educación sexual. La jueza del caso, cuya vista se celebró ayer en el juzgado de lo penal número 2 de Oviedo, ratificó la condena en sentencia firme.

El abogado de la defensa se mostró satisfecho con el acuerdo alcanzado. "El objetivo era evitar que mi defendido fuera a prisión". El letrado considera que la Fiscalía "ha valorado que mi cliente no tuviera antecedentes penales previamente y que no formase parte de una organización criminal. Lo que no era normal es que se le aplicase la mayor pena posible", indicó en referencia a los 4 años y 9 meses que el Ministerio Público pedía para él en un primer momento, siendo el tope que establece el Código Penal por este tipo de delitos de cinco años.

Según el relato de los hechos, la policía, que llevaba realizando un seguimiento de las actividades delictivas de A.L.L. a través de internet, procedió a entrar y registrar su domicilio el 18 de diciembre de 2014. En el registro, los agentes se incautaron de su teléfono móvil, con el que participaba en un grupo de whatsapp, creado por un tercero e integrado por otras 54 personas, en el que se incluía un vídeo de una menor sufriendo abusos sexuales.

Los agentes, que estaban preparados para declarar en el juicio, aunque al producirse el acuerdo no tuvieron que aportar su testimonio, habían encontrado también en el teléfono móvil del joven otros cuatro vídeos de contenido sexual en los que aparecían menores, además de un disco duro con más imágenes y vídeos de pornografía con menores en situaciones sexuales.

La sentencia supone que el joven no irá a la cárcel, al no superar la pena los dos años de prisión, pero deja la ejecución de la condena suspendida bajo la condición de que no vuelva a cometer un nuevo delito durante los tres próximos años, y le obliga a participar en un programa formativo de educación sexual.

Asimismo, el condenado quedará inhabilitado para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y se verá obligado a abonar las costas procesales.