El magistrado del juzgado de Primera Instancia número 8 de Oviedo, Miguel Antonio del Palacio, ha desestimado la demanda contra la Sociedad Ovetense de Festejos (SOF) presentada a raíz de la cancelación del concierto de "Extremoduro" el 19 de septiembre de 2014. Las aseguradoras del promotor del concierto, Lloyds, Royal Sun Alliance Insurance PLC, e International Insurance Company of Hannover, presentaron una demanda en septiembre de 2015 en la que reclamaron la cantidad de 173.160 euros a la SOF, a la que consideraban responsable de la cancelación que el grupo de rock iba a dar en el recinto festivo de La Ería.

La cantidad corresponde al pago realizado a la sociedad promotora del concierto, Producciones Rocknrock. Desde las aseguradoras culparon a la SOF de haber "cambiado unilateralmente" las condiciones del contrato provocando la suspensión del evento. El juez ha explicado que el objeto de controversia entre las partes fue la definición de "cuál fue la razón de suspensión del concierto". Así, en los fundamentos jurídicos, el magistrado dice que no han quedado señaladas las razones de la anulación", lo que "conlleva la imposibilidad de efectuar reproche alguno a la Sociedad Ovetense de Festejos".

El concierto de hace dos años de San Mateo fue suspendido después de que Extremoduro y la SOF no llegarán a un acuerdo sobre algunas modificaciones técnicas del escenario que el grupo consideraba necesarias para su actuación.