La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Oviedo, de 23 de mayo de 2016, relacionada con el caso de un menor asturiano en situación de pre adopción en la Comunidad Valenciana, en su fundamento jurídico quinto, recoge expresamente que la entrega del menor a su madre biológica debía producirse "de forma inmediata sin que la posible interposición de recursos suspenda la eficacia de esta medida".

Dicha resolución, que resolvía un recurso de apelación de la madre biológica por necesidad de asentamiento en la adopción de la que se trata, estimó dicho recurso, declarando que la madre biológica "no se encontraba incursa en ninguna causa de privación de patria potestad, siendo necesario, por tanto, su asentamiento en la adopción del menor". Ante esta circunstancia, la Sección dejó sin efecto el acogimiento familiar pre adoptivo y ordena que la entrega debe hacerse con un seguimiento y apoyo por parte de la entidad pública competente, que actuará bajo supervisión de un psicólogo, "y que deberán informar mensualmente al Juzgado a fin de que pueda adoptar las decisiones que correspondan en cada momento en beneficio del menor".

Instada la ejecución por la madre biológica el 31 de mayo, y ante la falta evidente de cumplimiento voluntario de entrega del menor, el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Oviedo, del que procedía el caso, inicia el procedimiento de ejecución de sentencia, a la que se opusieron los acogedores. Una vez desestimados todos los recursos presentados ante este Juzgado, y fijado el 8 de agosto como fecha de entrega del menor en el Punto de Encuentro Familiar de Valencia o directamente a la madre biológica, se dicta por la magistrada titular -sin que se presenten tampoco los acogedores, y ante la imposibilidad de comunicación alguna con la parte pre adoptante-, una orden de búsqueda y localización, que permanece activa hasta hace pocos días, cuando la Guardia Civil comunica que ha conocido que el menor iba a comenzar sus clases en un colegio de la comunidad valenciana. Para salvaguardar los intereses del menor se decide que la entrega del mismo a la madre biológica se lleve a cabo en el día de ayer en el propio cuartel de la Guardia Civil y no en el colegio del menor.

Como ya se conoce, el niño fue entregado a su madre biológica ayer por la mañana y, a partir de este momento, comienza el seguimiento psicosocial previsto en la sentencia del que ya se ha dado cuenta en este comunicado.