El juzgado de instrucción número 2 de Oviedo ha confirmado esta mañana el archivo de la investigación del incendio del número 58 de la calle Uría, el pasado 7 de abril, en el que falleció el bombero Eloy Palacio durante las tareas de extinción. La titular del juzgado, Ana Quelle Coto, ya había archivado la causa el pasado 12 de octubre. El auto de hoy desestima los recursos presentados por la familia de Eloy Palacio, el sindicato CSI y los propietarios del edificio incendiado, entre otros.

Queda por tanto ratificado el auto de octubre en el que la jueza no apreciaba ningún hecho constitutivo de delito en el operativo que trabajó en las labores de extinción del fuego. Según dictó entonces la titular del juzgado, la responsabilidad de la muerte del trabajador en accidente laboral no sería atribuible a ninguno de los tres mandos imputados al considerar la juez instructora que "existió una dirección real del incendio, impartiendo diversas instrucciones", y que "no existió orden expresa" a los trabajadores para que descendiesen desde la cesta del brazo articulado a la cornisa del edificio para continuar con las labores de extinción. En este sentido, Quelle Coto argumentó que "no existe responsabilidad porque no se ha acreditado que hubiere existido orden expresa que pusiera en riesgo a los trabajadores".

La magistrada apoya su determinación en los informes de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, así como el elaborado por el Instituto de Prevención de Riesgos Laborales. De este modo, considera que "ha quedado indubitadamente acreditado" que Eloy Palacio y su compañero Juan Carlos Fernández Granda, "Cuni", salieron sin anclar de la cesta al tejado "porque no consideraron riesgo de caída". Además, aunque se detectaron varias deficiencias en el material y en los medios de extinción "no constituyen causa del accidente ni están vinculadas".

El mismo auto recoge que disponer de una cuerda de seguridad de mayor longitud de la que disponían "tampoco aumenta su seguridad", porque "se hubiesen precipitado igualmente con los materiales, e incluso balanceado, pudiendo aumentar igualmente el riesgo de lesión en derrumbre o al precipitarse desde la cesta". Es más, la magistrada determina que los equipos de protección individual "eran adecuados" y que la formación y el entrenamiento impartido "también lo eran".

La magistrada también se apoya en una declaración del perito del Instituto de Prevención de Riesgos que concluye que "el trabajador lo que quiere hacer es extinguir el incendio por exceso de celo" por lo que, descender de la cesta del brazo articulado del camión a la cornisa "no fue un despiste, sino una acción voluntaria imprudente".

Durante el proceso de instrucción, tres mandos del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS) entre ellos el jefe, José Manuel Torres fueron citados a declarar en calidad de imputados. También lo hicieron en calidad de testigos el alcalde de Oviedo, Wenceslao López, y el concejal de Seguridad Ciudadana, Ricardo Fernández.

La viuda de Eloy Palacio, Marta Valle, arropada por su familia, compareció el pasado otoño ante los medios de comunicación cuestionando la propuesta de archivo formulada por la Fiscalía del Principado y solicitando que la investigación siguiese adelante.