La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, María Elena González Álvarez, ha condenado a tres responsables de la empresa de recogida de basuras Cubo Express a seis meses menos un día de cárcel por un delito de falsedad en documento oficial. La sentencia considera probado que el dueño del negocio (Francisco Javier G. Á.) y dos de sus encargados (Santiago José O. A. y Antonio F. M.) contrataron al menos a nueve inmigrantes de origen senegalés que se encontraban en España en situación irregular utilizando identidades de personas que sí tenían papeles, todo ello a sabiendas de que estaban cometiendo una ilegalidad. El fallo también incluye seis meses de multa para cada uno de ellos a razón de tres euros diarios.

Los acusados, por el contrario, han sido absueltos del delito contra los derechos de los trabajadores que les imputaba el fiscal y la representación legal de los empleados afectados. El ministerio público argumentó en su día en su escrito que los tres acusados emplearon a personas extranjeras "a sabiendas de su situación irregular por carecer de permiso de estancia, residencia y trabajo, y abusaron de la misma imponiéndoles condiciones de trabajo muy gravosas, no abonándoles la totalidad de las horas trabajadas" y sin vacaciones. El fiscal pedía dos años de prisión por esos presuntos delitos, pero fallo de la magistrada no comparte ese argumento.

" El horario laboral de los trabajadores abarcaba entre 3 y 4 horas diarias, habitualmente, y percibían el salario correspondiente calculado en base al salario mínimo interprofesional (...) No consta que ninguno de los acusados utilizara expresiones o dispensara trato denigrante alguno dirigido a los trabajadores", recoge el escrito de la magistrada. "De la valoración conjunta de la prueba documental obrante en autos y de la practicada en el acto del juicio no cabe en modo alguno concluir que las condiciones de los contratos supusieran un perjuicio para sus derechos laborales", añade la sentencia.

El "caso Cubo Express" se destapó después de que un trabajador sufriese un accidente el 25 de agosto de 2007. Estuvo año y medio en coma y finalmente murió. En su contrato figuraba una identidad. Pero cuando falleció, un familiar dijo en la funeraria que se llamaba de otra forma. Los agentes tiraron del hilo y descubrieron que otro empleado figuraba en Cubo Express con ese mismo nombre. Cuando irrumpieron en la empresa, en 2009, hallaron un nutrido grupo de trabajadores contratados bajo otra identidad. "El administrador único y socio mayoritario de la empresa impartía órdenes sobre los pormenores de la contratación y obviamente sobre el modo en que debían ser contratados los trabajadores", recoge el fallo de la magistrada.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación y podrá ser aprovechado por las defensas, a cargo de Miguel Simarro, Ana Boto y José Manuel Fernández González.