La sección segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a penas que suman cuatro años y once meses de prisión a los dos hermanos acusados de apuñalar cerca del corazón al portero de un bar del Antiguo de Oviedo, que estuvo a punto de morir al recibir dos heridas de arma blanca cerca del corazón. Las penas impuestas son muy inferiores a las solicitadas por el ministerio público y la acusación particular, quienes solicitaban hasta veinte años de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa.

La agresión se produjo sobre las cinco menos veinte de la madrugada del 25 de marzo de 2016, en el pub Chevrolet de la calle San Antonio. El portero Nabil F. sorprendió a los hermanos -que tenían en el momento de los hechos 32 y 26 años- esnifando cocaína en los baños. El vigilante les recriminó este hecho, puesto que no dejaban entrar a los clientes, y además ya les había advertido en una ocasión anterior. Se inició entonces un cruce verbal, en el que los acusados llegaron a llamar "moro de mierda" al portero. Luego la cosa pasó a mayores. Uno de los hermanos agarró por la espalda al vigilante, mientras el otro sacaba una navaja de cinco centímetros de hoja y se la clavaba hasta en dos ocasiones en el tórax, y lo intentaba una tercera. El portero se salvó porque salió a la calle y allí había una patrulla de la Policía Local, que rápidamente le brindó asistencia. Los hermanos fueron detenidos de inmediato. La navaja se encontró detrás de la máquina de tabaco.

La magistrada María Luisa Barrio, ponente de la sentencia, entiende que, aunque no puede negarse que el comportamiento de los hermanos fuese repentino, sorpresivo, inesperado e imprevisto, "no parece el resultado de una acción dolosa dirigida a la causación de su muerte, conociendo y queriendo su realización sin riesgo y sin posibilidad de defensa". La jueza estima que más bien se trató de un "obrar con el conocimiento del peligro que la conducta desarrollada", y que el riesgo de un resultado letal fue asumido por los dos acusados. Por tanto, para la jueza se trata de un delito de homicidio intentado, y no de asesinato en grado de tentativa, como sostenían tanto la Fiscalía como la acusación particular.

Uno de los acusados, Francisco F. R., carnicero de profesión, al que se imponen tres años y ocho meses de prisión -el fiscal y la acusación pedía diez para él-, declaró en el juicio que no recordaba lo ocurrido y que solo había intentado defenderse del ataque del portero, exonerando de cualquier responsabilidad a su hermano, Ángel F. R., defendido por el abogado Carlos Rodríguez Méndez, y al que se imponen un año y tres meses de prisión.

La juez considera que los hermanos actuaron bajo la influencia del alcohol y las drogas, por lo que cabe aplicar una atenuante. El tribunal impone a Francisco F. R. una medida de libertad vigilada de cinco años, y a Ángel, tres. Deberán pagar una indemnización por las lesiones sufridas de 4.000 euros a Nabil F, cuyos intereses defiende la letrada Judith Gómez, de VoxLegis.