La Fiscalía del Principado de Asturias solicita una pena de multa para cada uno de los diez integrantes del movimiento La Madreña acusados de la ocupación del edificio número 32 de la calle General Elorza de Oviedo. La vista oral comenzará el 20 de febrero en la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, a las 10,00 horas.

El 15 de noviembre de 2011, un colectivo indeterminado de personas, entre las que se encontraban los acusados, integrantes del movimiento 15 M, luego conocido por La Madreña, guiado por el ánimo de utilizar de forma permanente para fines personales el edificio deshabitado y cerrado de la calle General Elorza número 32, titularidad de la empresa Sedes, S.A., y a sabiendas de que no habían solicitado ni contaban con ninguna autorización del propietario, se introdujeron en él y colocaron carteles en las ventanas y vallas de la finca con las leyendas “okupación temporal”, “espacio libre 15 M”, ”un desahucio una okupación”, “garra lo que ye tuyo” y otras similares.

El día 16 de noviembre se personó en el edificio una patrulla policial con el objetivo de identificar a los responsables de la intromisión, encontrando, junto a un grupo de cinco personas que portaban pasamontañas, uno de los acusados, quien accedió a identificarse, manifestando a los agentes que se trataba de una ocupación temporal de carácter reivindicativo y que uno de los proyectos del movimiento 15-M era disponer de esas instalaciones para habilitar un centro social. Igualmente, el acusado se ofrecía para recibir cualquier notificación relacionada con los hechos.

El colectivo de personas, del que formaban parte activa los diez acusados, sin solicitar ni obtener ningún permiso del titular del edificio, comenzó a realizar en él, de forma permanente y continuada, reuniones, charlas y otras actividades a las que acudieron personas diversas.

El 26 de diciembre de 2012 nuevamente acudió al edificio una patrulla policial, hallando a dos de los acusados, quienes se encontraban descargando efectos de una furgoneta para introducirlos en el edificio y que accedieron a identificarse, manifestando que formaban parte de la asamblea que regulaba las normas internas del centro.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ordenó, por auto de 29 de abril de 2014, como medida cautelar, el desalojo, precinto y clausura del inmueble. El 3 de junio de 2014, sobre las 06:30 horas, funcionarios de la Policía Nacional acudieron a materializar el desalojo del inmueble, encontrándose la valla de acceso cerrada con una cadena y la puerta principal de entrada al edificio cerrada y reforzada desde el interior por palés de construcción, tablas clavadas y otros enseres, los cuales tuvieron que derribar. Una vez en el interior, se dirigieron a la segunda planta, encontrándose que el acceso igualmente estaba bloqueado con armarios y tablas clavadas. Tras lograr la apertura, hallaron en su interior a cinco acusados, únicos miembros del colectivo ocupante que quedaban en el inmueble.

Tras culminar el desalojo, el edificio fue retornado al propietario.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de usurpación del artículo 245.2 del Código Penal y solicita que se condene a cada uno de los acusados a la pena de multa de 4 meses, a razón de 12 euros al día (1.440 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Abono de costas a partes iguales entre los acusados.