El Juzgado de la contencioso administrativo número 2 de Oviedo acaba de rechazar el recurso presentado por la plataforma de vecinos residentes en Olivares contra la decisión municipal de limitar la votación para elegir el nombre de las calles a los habitantes de la zona, en vez de a toda la ciudad.

El tripartito dictó el 4 de febrero una resolución por la cual se cambiaban las bases para una consulta planteada con la intención de elegir entre utilizar nombres de jugadores del Real Oviedo o los nombres de la toponimia tradicional.

La decisión fue rechazada por una parte de los vecinos, los que integran la plataforma, partidarios de abrir la votación a toda la ciudad. Los recurrentes defendían que el proceso derivado de aquella resolución vulneró el principio de seguridad jurídica y de buena fe o confianza legítima, así como el Reglamento de Participación Ciudadana que regía la consulta. El magistrado considera que este tipo de consultas son voluntarias y por tanto no vulneran la ley.