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Anulado el despido de un técnico asturiano porque se vulneró su libertad de expresión

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La pública Acunor debe readmitir a un jefe al que rescindió contrato porque discrepó sobre la concesión de una obra

Oviedo
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha declarado nulo el despido del asturiano Francisco Redondo Fernández, separado en 2006 de su empleo como jefe del departamento técnico de Aguas de la Cuenca Norte (Acunor), sociedad pública vinculada a la Confederación Hidrográfica. La magistratura acepta un recurso formulado por el propio profesional y ordena su readmisión al considerar constatado que en su despido se vulneraron derechos fundamentales. En concreto, el TSJA determina que se conculcó el derecho a la libertad de expresión porque el jefe técnico fue despedido a raíz de que discrepara con sus superiores sobre la adjudicación de una obra.
El juez de primera instancia había considerado improcedente el despido y ahora el alto tribunal va más allá y lo anula, decisión que impone la readmisión. Los hechos se remontan al 30 de marzo de 2006, cuando se reunió la mesa de contratación de Acunor para conceder los trabajos de mejora del abastecimiento de aguas a los municipios costeros del extremo occidental de Asturias. Según consta en la sentencia, Francisco Redondo, único técnico en la mesa, defendió una propuesta de adjudicación distinta (la oferta más baja) a la de los otros miembros. La discrepancia no se resolvió, no hubo acuerdo y al día siguiente el director general de la empresa, presidida por Jorge Marquínez, también presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte, propuso al consejo de administración el despido del jefe técnico, que se consumó el 3 de abril.
Se esgrimieron como causas supuestas deficiencias en la redacción de los proyectos de abastecimientos de agua a Lugo y otras en la tramitación de una obra Santander. Pero el TSJA ha determinado ahora que el despido está conectado en realidad con la posición de Francisco Redondo en la mesa de contratación. Él era además, como recoge el fallo judicial, el único técnico en aquella reunión. «El trabajador debe ser protegido por sus juicios técnicos en el desarrollo de su trabajo», señala la sentencia, que va más allá que el juez de primera instancia y determina que ese principio «forma parte del derecho a la libertad de expresión».
El fallo a favor de Francisco Redondo, representado en la causa por el letrado Manuel Rodríguez Velázquez, determina en primer lugar la nulidad del despido y la obligación de readmisión, pero además sanciona a la compañía por transgredir derechos inviolables del técnico: «Debemos declarar y declaramos que dicha empresa (Aguas de la Cuenca del Norte) ha vulnerado el derecho de libertad de expresión del actor (el demandante)». Por este último concepto, el TSJA impone el pago de una indemnización de 3.000 euros.

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