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La fiscalía retira la petición de cárcel para Domingo Goñi tras declarar los testigos

El Ayuntamiento mantiene que el miembro de la agrupación AVALL cometió un delito de atentado y solicita una pena de dos años y medio de prisión

 
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Domingo Goñi, sentado, junto a su abogado, Víctor Celemín. efe

Oviedo, Ramón DÍAZ
El fiscal retiró ayer la petición de pena de cárcel para Domingo Goñi Tirapu tras oír a los testigos del juicio abierto contra el profesor jubilado llanisco, que fue desalojado de un Pleno municipal por mostrar una camiseta con la leyenda «La Talá ilegal». Varios testigos declararon que Goñi no interrumpió el desarrollo del Pleno en el que se produjo el altercado, en septiembre de 2005. El Ayuntamiento de Llanes, que actúa como acusación particular, mantuvo su petición de dos años y medio de cárcel por un delito de atentado. El abogado de la defensa, Víctor Celemín, solicitó la absolución del acusado, miembro de la Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes (AVALL). Goñi estuvo respaldado durante el juicio, celebrado en Oviedo, por varios cientos de personas, la mayoría de las cuales tuvo que quedarse en el exterior del Palacio de Justicia por falta de aforo en el interior. Goñi, tras la vista, fue recibido en la calle con aplausos. El juicio quedó visto para sentencia.

El fiscal Javier Marqués rebajó la calificación de los hechos, de un delito de resistencia a dos faltas contra el orden público y una falta de lesiones: si el juez acepta la petición del fiscal, Goñi tendrá que pagar una multa de unos 900 euros, además de indemnizar a una policía local que resultó con lesiones en un dedo con 180 euros. El fiscal fundamentó la rebaja de la pena en que la alcaldesa, Dolores Álvarez Campillo, «de alguna manera se excedió en sus funciones» cuando ordenó a Goñi quitarse la camiseta. La diferencia entre calificar como falta o delito es que aquélla no tienen penas de cárcel, sino de multa, y no deja antecedentes penales.

El letrado del Ayuntamiento de Llanes, Juan Álvarez Peón, manifestó su perplejidad por el hecho de que la fiscalía modificase sus conclusiones para pedir una rebaja de la pena. Insistió en que la conducta del acusado debía ser calificada como un delito de atentado, por lo que mantuvo la pena solicitada, de dos años y medio de prisión o, subsidiariamente, de un año por un delito de resistencia grave.

La defensa, ejercida por Víctor Celemín, pidió la absolución del acusado al entender que el desalojo forzoso de un Pleno por llevar una camiseta de denuncia es «un hecho insólito en la vida municipal española». Celemín se refirió al derecho a expresarse libremente que recoge la Constitución: «Hasta los jueces se han manifestado con carteles reivindicativos en los últimos meses y no pasa nada malo, ya que la discrepancia es muy saludable en democracia», señaló.

Domingo Goñi se negó a responder a las preguntas del abogado del Ayuntamiento, al considerar que el organismo local ya tiene un abogado consistorial, por lo que la contratación de otros letrados, como en este caso, supone un gasto «innecesario y superfluo, que pagamos todos los llaniscos». Goñi, profesor jubilado, permaneció en huelga de hambre durante los quince días previos al juicio, pese a sus problemas coronarios. Ha perdido nueve kilos. Sólo tras la vista aceptó ingerir algo: un zumo de naranja.

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