Sevilla, Efe

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido a unos padres el derecho de sus hijos a tener una plaza escolar en el colegio concertado que deseen porque prevalece su derecho constitucional a elegir el tipo de educación de sus hijos sobre el problema de masificación del centro. La Sección Tercera de lo Contencioso del TSJA alega que hay que «ponderar los intereses en conflicto» y considera más importante «el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones».

Las reacciones a esta sentencia han sido controvertidas. La Junta andaluza discrepa alegando que el «aumento indiscriminado en aulas afecta al interés general» de los alumnos. La Confederación Andaluza de Asociaciones de Padres de Alumnos por la Escuela Pública (Codapa) considera que la sentencia «desdeña el proceso de baremación en la escolarización», e insistió ayer en respaldar el sistema por ser «la mejor forma de posibilitar plazas a los alumnos en su entorno más cercano».

Los jueces otorgan a los padres, representados por la letrada Carmen García Díaz, derecho a que su hija tenga plaza en el colegio sevillano que habían pedido.

La sentencia lamenta el desfase entre el número de plazas escolares disponibles y el de candidatos a ocuparlas «en una nación con ínfimas tasas de natalidad».